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martes, 15 de enero de 2013

LA PENA DE INDIGNIDAD NACIONAL



            Hace unas semanas criticábamos las últimas reformas legales del Ministro de Justicia y ex Alcalde de Madrid (el Municipio más endeudado de todas Las Españas), Alberto Ruiz Gallardón, quien ha impuesto a los ciudadanos el pago de unas tasas si desean solicitar el amparo judicial en defensa de sus derechos, de cuyo abono, por cierto, quedan excluidos los miembros de la casta política (diputados, ministros, senadores…); y quien pretende reformar el Código Penal para crear nuevos delitos y endurecer las penas, sobre todo para aquellos que convoquen manifestaciones o protestas contra las políticas llevadas a cabo por los gobiernos de turno.

            Lo que llama la atención hasta elevarla a niveles de escándalo gigantesco es que no se incluyan medidas más férreas y más duras para castigar, que no prevenir, la corrupción política. Y digo castigar, porque la acción de un Código Penal siempre es posterior a la comisión del delito y, aunque se sostengan otras teorías, la misma solo puede tener por finalidad aplicar un castigo o sanción a una conducta y no prevenirla. Las medidas de prevención de cualquier actividad, incluida la corrupción política, siempre son anteriores o coetáneas a la ejecución de dicha actividad y consisten en crear instituciones (a algunas de las cuales como “El Mandato Imperativo” o “El Juicio de Residencia” ya hemos hecho referencia anteriormente en este blog) y redactar leyes como la que fije la responsabilidad patrimonial de los partidos políticos  o que establezcan un nuevo sistema electoral que sirvan de medios eficaces de control y limitación de abusos en el ejercicio político.

            Volviendo al tema concreto de la reforma del Código Penal que pretende el señor Ruiz Gallardón, se echa en falta una mayor contundencia e imaginación a la hora de castigar los casos de corrupción política. En este sentido, se podía rescatar una pena existente en el Derecho Penal Francés hasta principios de los años setenta del pasado siglo y que era llamada “Pena de Indignidad Nacional”.

            La “Pena de Indignidad Nacional” sería de aplicación como pena accesoria a todas aquellas personas que, desempeñando funciones de relevancia pública ya sea por ser un cargo político electo o de libre designación o por ser un alto funcionario o empleado público del estado o un alto ejecutivo de una empresa pública o de una gran empresa privada española, perjudicaran de manera relevante a la colectividad ejercitando sus funciones con negligencia o sirviéndose de su posición para obtener beneficios particulares para sí mismo o para terceros. Es decir, la “Pena de Indignidad Nacional” no se podría imponer a ciudadanos particulares sino solo aquellos que desempeñen actividades de relevancia pública, sean estas políticas o empresariales y en este último caso en el sector financiero o en sectores estratégicos de la economía.

            La  “Pena de Indignidad Nacional” conllevaría como efectos materiales de la misma: la confiscación de todos los bienes presentes y futuros del condenado, la imposibilidad de ejercer el derecho al sufragio activo y pasivo, la imposibilidad de desempeñar en España cualquier trabajo que no sea manual, la anotación marginal de la pena en la inscripción registral de nacimiento y la expedición de un Documento Nacional de Identidad específico para el condenado que sustituirá al documento normal que llevan todos los ciudadanos.

            Con la creación de la “Pena de Indignidad Nacional”, los ciudadanos honrados podrán asegurarse que los corruptos reintegraran en todo o en parte lo que se han llevado y que jamás volverán a cometer los hechos por los que se les ha condenado porque jamás podrán volver a desempeñar un trabajo en un puesto de responsabilidad. No obstante, la idea de la introducción en nuestro Código Penal de la pena de “Pena de Indignidad Nacional” que hacemos en el presente escrito no deja de ser un “brindis al Sol” porque la política del actual gobierno no va dirigida tanto a garantizar los derechos y libertades de los ciudadanos como a garantizar la supervivencia del actual estado de cosas y los beneficios y prebendas que disfrutan los miembros de la casta que encarna el actual régimen político español.

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