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lunes, 2 de febrero de 2015

EL EXPOLIO QUE VIENE

            Lo verdaderamente sustancial de un texto legal o de una declaración política no es tanto lo que se dice como lo que no se dice y el cómo se dice y eso es, precisamente, lo que ocurre con la proyectada reforma de la Administración Local y con la nueva Ley de Montes que prevé el gobierno, las cuales tienen una orientación económico-administrativa tendente, no a ahorrar dinero público a los ciudadanos como se sostiene, sino a beneficiar a los grandes y medianos municipios en perjuicio de las pequeñas corporaciones locales (municipios pequeños, pedanías y juntas vecinales) y sus habitantes así como a reactivar nuevamente la famosa burbuja inmobiliaria que es el origen de la mayoría de los males inmediatos que nos afectan.

            En primer lugar, hay que explicar que la burbuja inmobiliaria explotó fundamentalmente porque la demanda de terrenos y viviendas cayó a consecuencia del incremento desmesurado e irracional de los precios de los inmuebles, la desconfianza crediticia debida al estallido del escándalo de las inversiones subprime (préstamos muy rentables pero de muy alto riesgo) en Estados Unidos y el incremento del desempleo a consecuencia de la globalización de la crisis económica iniciada por la causa anterior. Esto hizo que muchos municipios españoles que habían disparado su gasto público en la construcción de cuestionables infraestructuras recurriendo a financiación ajena ya que presentaban, a corto y medio plazo, inmejorables condiciones de solvencia económica por ingresar en sus arcas cantidades ingentes de dinero procedentes de la recalificación de terrenos y del cobro del Impuesto sobre el Incremento del Valor del Suelo (Plusvalía) dejasen de hacerlo y quedasen gravemente endeudados, lo que provocó a su vez la paralización de numerosas obras públicas municipales, el cierre de empresas y el incremento de desempleo.

            Evidentemente, cuando una institución, al igual que un individuo, se ve afectada por una crisis dimanante de una reducción de ingresos lo primero que hace es reducir gastos, pero la reducción del gasto solo es una medida excepcional para resistir un momento crítico puntual que no puede eternizarse en el tiempo. Una economía no puede basarse exclusivamente en la contención del gasto por lo que el siguiente paso consiste en buscar un medio adecuado para incrementar los ingresos y es precisamente ese medio el que tiende a proporcionar la supresión de pequeños municipios prevista en la reforma de las Administraciones Locales así como determinadas medida incluidas en la modificación de la vigente Ley de Montes.

            Como, ya hemos dicho en más de una ocasión, "nada nuevo hay bajo el Sol" y, por mucho que se empeñen algunos "Narcisos" de su intelecto, las únicas ideas nuevas no son más que viejas ideas que han caído en el olvido. De este modo, en el año 2015, y con la pretendida justificación de ahorrar en el gasto público se quiere vender una "novedosa idea" que no consiste nada más que en resucitar el viejo proceso Desamortizador del Siglo XIX.

            Como ya ha pasado mucho tiempo, la cultura política no está muy extendida y este es un país donde, tal y como dijo Agustín de Foxá, "los españoles siempre van detrás de un cura: unas veces con un cirio y otras con un palo, pero siempre detrás", para la mayoría de los ciudadanos españoles las Desamortizaciones del Siglo XIX fueron una muy progresista idea que quitó numerosos bienes inmuebles a la Iglesia Católica en beneficio de la libertad del pueblo español y de la laicidad del estado, pero lo cierto es que el proceso desamortizador, en palabras de Tomás y Valiente no fue más que la "apropiación por parte del Estado y por decisión unilateral suya de bienes inmuebles pertenecientes a «manos muertas»; venta de los mismos (en pública subasta) y asignación del importe obtenido con las ventas a la amortización de los títulos de la deuda". La cuestión es que, a pesar de lo que se cree por el común de los ciudadanos, las Desamortizaciones no tuvieron solo por objeto los bienes inmuebles de la Iglesia Católica, sino también, y sobre todo, el de los Gremios profesionales así como los baldíos y las tierras comunales de los municipios.

Con las "Desamortizaciones" el estado pretendía conseguir liquidez para hacer frente a la deuda pública, pero el remedio fue peor que la enfermedad y lo único que se consiguió fue la pérdida de numeroso patrimonio histórico y artístico al venderse monasterios, ermitas e iglesias con todo lo que había en su interior, sin que ni siquiera si hiciera un inventario previo para saber qué es lo que se vendía, y destruir la economía rural de unos campesinos que vivían de la explotación de las tierras comunales municipales.

            Esto precisamente vuelve a repetirse con la pretendida reducción de pequeñas entidades locales que desea el gobierno con el beneplácito de todo los partidos del arco parlamentario y alguno todavía extraparlamentario.

            Los pequeños municipios, pedanías y juntas vecinales son entidades locales de marcado carácter rural que tienen términos municipales más o menos extensos y muy poca población que requiere poco gasto público en infraestructuras y servicios públicos y donde, además, los cargos electos generalmente no cobran nada por administrar dichas entidades. Por tanto, suelen ser entidades que gozan de algún modesto superávit presupuestario que, de ser absorbidas por un municipio mayor, pasaría a engrosar las maltrechas arcas de ese municipio, lo cual es significativo pero no lo más importante porque lo sustancial de esa hipotética absorción se encuentra en el hecho de que el municipio absorbente ampliará su término municipal y pasará a administrar los bienes comunales y de uso público propiedad de la entidad absorbida abriéndose, de este modo, la puerta a la recalificación de esos bienes y, en definitiva, a su liquidación para beneficio de los nuevos gestores y administradores que verán así paliar o incluso desaparecer su deuda pública.

            Pero esta reducción de entidades locales, no solo afectará a la propiedad comunal, sino también a la propiedad particular porque desde muchas generaciones atrás los usos tradicionales de los vecinos de esos pequeños municipios y pedanías les hacían huir de los "quebraderos de cabeza" que suponían los arduos procedimientos legales y administrativos y existe en ellos numerosos inmuebles, rústicos y urbanos, sobre los cuales el derecho de propiedad se ejerce en virtud de actos jurídicos (compraventas, herencias, donaciones, hijuelas, etc...) que no han sido jamás elevados a escritura pública ni registrados en los correspondientes registros de la propiedad por lo que un municipio más grande, basado en el estricto cumplimiento de las normas burocráticas, podría poner en cuestión tales derechos y hacer que muchas propiedades particulares se perdieran y engrosasen el llamado patrimonio público que gestionará y enriquecerá al municipio que absorba a esa pequeña entidad local.

            Por último, la nueva Ley de Montes proyectada por el gobierno favorece, facilita y refuerza las posibilidades de especular con los terrenos quemados al eliminar la vigente prohibición de recalificarlos hasta que no transcurrieran treinta años después del incendio. La nueva ley, en su artículo 50, permitirá a las comunidades autónomas acordar el cambio de uso forestal de un monte quemado cuando se den “razones imperiosas de interés público de primer orden”, esto es, cuando sea económicamente aconsejable y rentable. Sin lugar a dudas, la redacción de este artículo hará que nuevamente aumenten los incendios forestales y, junto a la reforma local prevista, se sirva para mejor provecho de unas entidades autonómicas que, como el propio estado en su conjunto, se han ocupado durante los últimos cuarenta años en crear una economía mono sectorial, cortoplacista, puramente especulativa y altamente deficitaria en el aspecto humano, social y político cuyo sostenimiento a todo trance se puede terminar traduciendo en el expolio de una gran parte de la población española.



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