No, no me refiero a ninguna película
española de éxito recientemente estrenada en la gran pantalla; incluso este
artículo podría titularse "perdiendo el Norte, el Sur, el Este y el
Oeste" pero resultaba demasiado largo o "Perdiendo la Brújula"
para abreviar, aunque "Perdiendo el Norte" resulta más significativo
al respecto del tema a tratar pues a la vista de las últimas resoluciones de
las autoridades y de los últimos acontecimientos parece ser que la sociedad
española es un buque carente de rumbo donde sus oficiales no tienen sentido
común.
La semana pasada saltaba la noticia
de que la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante había
confirmado la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 8 de la misma
ciudad que condenaba a tres meses de prisión y a seis meses de alejamiento a un
padre que había dado una bofetada a su hijo de trece años de edad por incumplir
el límite horario de llegada a casa.
Aunque el padre condenado no tendrá
que ingresar en prisión al ser la pena privativa de libertad pequeña y carecer
de antecedentes penales, no deja de ser un serio quebranto para la unidad
familiar del condenado el hecho de que uno de los progenitores tenga que salir
del domicilio familiar y no pueda
acercarse al mismo durante seis meses.
No obstante, lo más grave de esta sentencia es el radical
desconocimiento de los jueces de los fundamentos de toda autoridad, incluida la
suya, así como la filosofía vertida en la sentencia judicial la cual es
extremadamente peligrosa.
La sentencia en cuestión atenta
gravemente contra la autoridad de los progenitores a los que deja en un total
desamparo a la hora de ejercer la potestad correctora sobre los hijos menores.
Evidentemente, no se trata de justificar ni tolerar la violencia ni los malos
tratos, pero lo cierto es que ante reiteradas extralimitaciones de los hijos,
el soltar una bofetada o dar un "cachete" no debería constituir
delito porque tal "cachete" o bofetada entra en el ámbito del ejercicio
de la potestad correctora de los padres, cuando no se debe, simple y llanamente,
a una justificada y justificable pérdida de la paciencia ante determinados
comportamientos inaguantables de los hijos.
Así pues, resulta injusto cuando no
un despropósito propio de personas que no están en su sano juicio el hecho de
que los tribunales entren a condenar a los padres por ejercer su autoridad para
evitar que sus hijos se desvíen y luego pretendan hacerlos civilmente
responsables de cualquier desafuero que puedan cometer esos mismos hijos a los
que un juez no tiene ningún inconveniente en limitar su dignidad y libertad
encerrándolos en un Centro de Reforma si las circunstancias lo exigen (y
generalmente esas circunstancias se dan cuando en el seno familiar ha habido carencias
afectivas, educativas, orientativas y también de autoridad).
Por otra parte, si el órgano
judicial sentenciador se hubiera limitado a aplicar la ley y no intentar
justificarse como parece que pretende al decir en la sentencia que el
legislador "en uso del poder que
tiene conferido, decidió tipificar como delito las agresiones físicas leves
cometidas entre parientes próximos" habría quedado mejor porque tal
afirmación vertida en la resolución judicial parece que da a entender que el
Tribunal no quería condenar al acusado por los hechos denunciados pero que,
atendiendo a la ley escrita, no le quedaba otro remedio. Pues bien, tal
filosofía se encuadra clara y nítidamente dentro del más puro
"Iuspositivismo" o "Positivismo Jurídico" que supone un total
rechazo a la vinculación lógica entre moral y derecho y, por tanto, entiende
que una norma jurídica puede existir independientemente de una fundamentación
moral; en todo caso, puede ésta afectar a su legitimidad, mas eso es una
cuestión distinta. Para los iuspositivistas el derecho puede ser justo e
injusto, pero una ley inmoral aprobada según el procedimiento establecido para
ello no deja por ello de ser ley que puede y debe aplicarse.
Esta filosofía "iuspositivista"
vertida en la sentencia pone de manifiesto que los jueces jamás considerarán lo
moral y legítimo de una ley sino que simplemente la aplicarán porque el Estado
de Derecho es aquel donde existiendo unas leyes son las que hay que aplicar sin
entrar a valorar su moralidad, justicia ni siquiera lógica. Para que el lector
se haga una idea baste decirle que tal "Positivismo Jurídico"
aplicado por los tribunales alemanes es lo que permitió aplicar las distintas
leyes antisemitas durante el III Reich por lo que claramente los jueces quedan definidos
como simples funcionarios de un estado al que sirven y del que dependen y no
como servidores y garantes de los derechos y libertades de los ciudadanos.
Buenas reflexiones las suyas, estimado Chouan ibérico. Aplicar ciertas leyes sin tener en cuenta que se vulnera la autoridad de algo tan fundamental como un padre de familia da que pensar. Es desolador que los medios coercitivos de una autoridad desprovean de autoridad a otra que deviene de algo tan natural como el progenitor.
ResponderEliminar¿Degradación de valores a toda velocidad?
Estimada Juli Gan:
ResponderEliminarMuchas gracias por su comentario pero el caso no es solo que una autoridad superior y estatal desautorice a otra autoridad inferior y familiar o privada sino sobre todo es el como se aplican las leyes con completa independencia de la moral, la ética y los principios de justicia, equidad y lógica.
En unos momentos donde se reclama la independencia judicial nos encontramos con que el sometimiento de los jueces al puro positivismo jurídico lleva al sometimiento del poder judicial al poder legislativo y, considerando que éste es expresión de la mayoría parlamentaria que sostiene al poder ejecutivo, por pura aplicación de la ley conmutativa; conlleva el sometimiento de los jueces al poder ejecutivo.
Dicen los anarquistas que "si no existieran esclavos no existirían amos" en una clara alusión de que son los esclavos los que hacen a los amos.
Pues bien, el positivismo jurídico es el que hace que la independencia judicial exista ya que reduce al juez a un mero funcionario del estado al que sirve y del que cobra impidiéndole ser un garante de las libertades y derechos de los ciudaanos frente al estado.
Es interesante el tema, cualquier ley carente de una base moral, deja de ser ley para convertirse en una forma de represión, fundada exclusivamente en el dominio del contrario. Todo un atentado contra cualquier principio democrático, donde sólo impera la fuerza del poderoso y donde la opinión de la mayoría, no tiene cabida. Saludos
ResponderEliminarMe alegro que piense Ud. que estamos perdiendo y que todavía no lo hemos perdido.
ResponderEliminarAl margen hay algo que me llama la atención: un juez, por ser juez no tiene más sentido común que un barrendero. Pero eso es algo que en este país no hemos aprendido todavía. Otro ejemplo de manual: para dirigir un Ministerio de Economía ponemos un economista. Pues no, no tiene que ser economista. La economía pública tiene notables diferencias con la privada, pero si oímos economista algunos ya se quedan más tranquilos.
En resumen, como decía Julio Caro Baroja “a veces un viejo pastor tiene más sentido común”. Por favor, vamos a comenzar a digerir que los jueces son personas, no dioses.
Estimada Reme: Según la Jurisprudencia del Tribunal Supremo la administración de justicia no se encarga de la moral.
ResponderEliminarNo obstante los señores jueces deberían saber que la aplicación de una ley ilegítima e injusta puede dar lugar a que se les exijan a quienes las aplican algún tipo de responsabilidad.
De hecho los jueces deberían tener presente aquella película titulada "Vencedores y Vencidos".
Estimado Anónimo: En verdad creo que ya lo hemos perdido hace tiempo.
Dicho esto, que un Juez por el hecho de ser Juez no tenga más sentido común que un barrendero es cierto pero desde luego sí que le es exigible esa responsabilidad y ese sentido común.
El problema es que la inmensa mayoría de la población se cree que un juez es juez porque tiene vocación de ser juez cuando lo cierto es que no tiene más vocación que la de ser funcionario público de la más alta categoría y claro... así nos va.