Ante
un discurso oficial ampliamente
difundido por políticos y financieros, y en cierta medida apoyado por los
medios de comunicación, que sostiene la catastrófica inviabilidad a largo plazo
del sistema público de pensiones por lo que, a medio plazo, estamos avocados irremediablemente
a cambiar de sistema, o bien, sustituirlo o complementarlo mediante la
suscripción por parte de cada individuo de un plan privado de pensiones,
aquellos que, en esta sociedad cortoplacista en la que vivimos, pueden permitírselo
ya los han suscrito hace tiempo sin pensar mucho en que implicaciones reales
tiene su decisión porque en ella ha influido decisivamente la propaganda, el
miedo y el desinterés por informarse medianamente de lo que va el tema.
Los planes privados de pensiones,
responden a un modelo de capitalización en virtud del cual el suscriptor del
plan realiza periódicas aportaciones a lo largo de su vida laboral con el fin
de que al término de la misma, reciba en concepto de pensión de jubilación una
cantidad que es la resultante de la suma de todas sus aportaciones más toda la
rentabilidad obtenida por las mismas. Así pues, un plan privado de pensiones no
es un depósito que se realiza para que al final de unos años se tengan unos
ahorros sino que es una cantidad de dinero que el gestor del fondo,
generalmente un banco o una compañía de seguros, va invirtiendo y obteniendo
una rentabilidad que será, pasado el tiempo estipulado, para el inversor.
Existen y existirán unos planes privados de pensiones que tengan más garantías
y rentabilidad que otros, pero lo cierto es que mientras que los depósitos
están garantizados por el Fondo de Garantía de Depósitos no ocurre lo mismo con
ningún fondo y eso incluye a los fondos de pensiones. En la gestión del plan
privado de pensiones el banco o compañía
de seguros es un mero intermediario por lo que el fondo no forma parte de su
activo aunque por la gestión seguramente percibirá alguna comisión u obtendrá
algún beneficio.
Los planes privados de pensiones
presentan algunas ventajas fiscales en el Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas que actúan como incentivos para suscribirlos pudiéndose
deducir íntegra y anualmente las aportaciones a un plan de pensiones a la hora
de hacer la declaración de la renta. Asimismo, la mayoría de los planes de
pensiones dan la posibilidad al suscriptor de rescatar lo aportado si sufre
algún tipo de problema económico aunque sufriendo una penalización y
quedándose, como es evidente, sin la pensión que dicho plan le prometía.
Ahora bien, la parte oscura de los
planes privados de pensiones viene después, precisamente a la hora de la
jubilación y de recibir lo aportado al plan. En este sentido es de indicar que,
a elección del suscriptor del plan privado de pensiones, hay diversas formas de
percibir las pensiones prometidas por dicho plan pudiéndose optar entre 1º, recibir
todo el capital en el momento de la jubilación, 2º, cobrar una pensión mensual
durante un periodo de tiempo concreto, generalmente quince años y 3º, cobrar
una pensión mensual vitalicia hasta el final de sus días.
En
el primer caso, si el suscriptor opta por percibir todo el capital del plan de
pensiones junto y de una sola vez, tendrá un importante incremento patrimonial
ese año que se traducirá en pagar en concepto de impuestos un porcentaje enorme
de esa cantidad que debería servir para garantizarle una vida digna hasta su
fallecimiento. Es decir, pagará todo lo que se ha ahorrado en impuestos y algo
más porque hacienda inexorablemente querrá su parte sin importarle que le haya privado
a esa persona de la obtención de ingresos durante varios años.
En el segundo caso, que consiste en
percibir una concreta cantidad mensual durante un periodo de tiempo estipulado
y que generalmente es de quince años, resulta que transcurrido ese tiempo ya no
se percibe cantidad alguna por lo que surge la gran cuestión de que si la vida
del suscriptor del plan privado de pensiones se extiende más allá de ese tiempo
estipulado para percibir la pensión ¿De qué vivirá?. Esta cuestión se complica además por el hecho
de que, al menos en el momento actual, los últimos años de vida de una persona
de edad avanzada son los más costosos al tener que sufragarse numerosas
necesidades como residencias, ayudas domiciliarias, etc que no siempre quedan
íntegra y universalmente cubiertas por el sector público.
Finalmente, en el tercer caso se
cobra una cantidad mensual inferior a la que se recibe en el segundo caso pero esta
se percibe de forma vitalicia por lo que el suscriptor del plan privado de
pensiones siempre percibirá pensión aunque no por ello deja de surgir la
pregunta de si esta será suficiente para cubrir las necesidades de la persona
máxime si nos encontramos ante una cantidad fijada con muchos años de antelación
que no ha contemplado incrementos de precios al consumo.
Desde el poder y sin informar
adecuadamente a los ciudadanos se pretende que los planes privados de pensiones
sean complementarios o sustitutivos al sistema público, lo cual permitiría al
estado bajar la cuantía y el número de las pensiones públicas aunque,
considerando el nivel salarial del país, lo cierto es que solo una mínima parte
de la población puede distraer mensualmente un porcentaje de su sueldo para
suscribir un plan privado de pensiones y además, considerando la forma en que
se cobraría llegado el momento del cese de la actividad laboral y la cuantía de
esas pensiones privadas, surge la cuestión de si verdaderamente vale la pena
reducir hoy la capacidad adquisitiva de un salario para obtener en el futuro lo
que puede no tener más consideración que la de una propina.
En la actualidad soy beneficiario de un plan de pensiones de los llamados de empleo, un tipo de plan que no es publicitado por nadie, especialmente por los bancos, es cierto que este tipo de planes solo pueden realizarlo las grandes empresas y la administración si se lo propusiera, las condiciones de control y su gestión nada tienen que ver con la que gestionan las entidades financieras, son gestionadas por los trabajadores en plan de igualdad con la empresa que también hace aportaciones de capital.
ResponderEliminarLo que señala don Emilio Manuel también existe en Euskadi. El que conozco más de cerca es Elkarkidetza (Ayuntamientos y diputaciones) que tiene especificidades con respecto a otros que existen, por ejemplo, en el Gobierno Vasco. Y, como señala él, mientras haya un ferreo control sindical, el que suscribe mantendrá la confianza en ese sistema que NUNCA ha de hacer sombra a la pensión pública, como mucho ha de ser un complemento.
ResponderEliminarPero al margen de esta matización personal, los planes privados de pensiones NUNCA están libres de desaparecer. El Estado puede entrar en bancarrota, pero más tarde o temprano volverá a pagar las pensiones, pero un banco que desaparezca, jamás abonará esas “pensiones”. Y como ejemplo tenemos los EE.UU., que aunque no se publique nada al respecto en la prensa del pesebre, muy importantes empresas no van a abonar las pensiones privadas que antiguos trabajadores, ahora jubilados, suscribieron condenándolos a la miseria.
Indaguen, indaguen un poco y verán lo que está sucediendo. Pone los pelos como escarpias, utilizando una antigua expresión. Después analicen si aún les apetece suscribir una plan privado de pensiones en España.
Pues lo tenemos claro..... Las pensiones públicas están en peligro y las privadas son propinillas.... Los hijos no nos podrán ayudar porque eso no se lleva mucho por lo que veo.... Estamos jodidos.....
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