En España, nunca pasa nada
Porque los españoles pasan por todo
(Mariano José de Larra)
El mismo día en que se conocía el importantísimo fallo judicial sobre la paternidad del hijo de una conocidísima presentadora de televisión y tras casi cuatro años de sesudas deliberaciones jurídicas, el Tribunal Constitucional de España ha dictado sentencia sobre la constitucionalidad del Estatuto de Cataluña que lleva aplicándose íntegramente en esta comunidad otros tantos años.
Como ya adelantase en su momento la Presidenta del alto Tribunal, Ilustrísima Señora doña María Emilia Casas Bahamonde, la sentencia ha intentado satisfacer a todos y, como suele ocurrir en tales casos, solo ha satisfecho a aquellos sectores políticos de ámbito nacional que, gracias a esta sentencia, ven que su fiesta particular puede prolongarse un poco más en el tiempo mostrando unos alegría sin pudor y otros proclamando ingenuamente su, más aparente que real, triunfo.
De los 114 artículos del Estatut Catalá del 2006 que el Partido Popular pretendía que se declarasen inconstitucionales, solo se han declarado inconstitucionales 14, dejándose para futuras interpretaciones y/o matizaciones 23 artículos más; es decir, menos de una tercera parte de los artículos cuya inconstitucionalidad se pretendía han sido declarados inconstitucionales, por lo que el fallo constituye básicamente un fracaso del recurso interpuesto por el principal partido de la oposición.
Por otra parte, la sentencia que retoca el Estatut, ha provocado, como no podía ser de otra forma, la indignación del nacionalismo catalán y del Honorable Presidente de la Generalitat que ya han manifestado su intención de organizar una magna manifestación en la que la “Senyera sea la única pancarta”.
En realidad y a nivel de ciudadanos de a pié, esta sentencia es y será un foco de conflictos porque lo único que constituye es un remiendo a la Constitución Española de 1978 y un parche al Estado surgido de dicha constitución el cual, cada vez más y por momentos, se esta revelando incapaz de armonizar los anhelos de los pueblos que integran las Españas y los derechos individuales de sus ciudadanos con el correcto y eficaz funcionamiento de sus instituciones y con su propia existencia y justificación como Estado.
La sentencia, al dejar 23 artículos para una posterior interpretación o matización jurisprudencial, mantiene indefinidamente abierto el debate sobre una importante Ley Orgánica del Estado cual es el Estatut Catalá y, asentándose en la inseguridad jurídica, será sin ningún género de dudas un futuro foco de continuos conflictos entre el Gobierno Central y el Catalán.
Por otra parte, el Tribunal Constitucional, al declarar plenamente inconstitucional tan solo el artículo 97 del Estatuto que es el que hace referencia a la creación de un poder judicial propio de Cataluña; ha dejado vislumbrar en su sentencia que ha estado especialmente interesado en defender corporativamente la autoridad única y los intereses plenos de la Judicatura española en la que, por otra parte, están integrados los Magistrados de tan alto Tribunal lo que, unido a la tardanza en emitir el fallo y a las numerosas filtraciones de supuestos borradores de sentencias que luego jamás llegaban a materializarse, supone una irremediable pérdida de credibilidad no solo del Tribunal Constitucional sino de todo el Poder Judicial.
Finalmente la sentencia al no dar plena satisfacción a las fuerzas políticas catalanas que en su momento redactaron y aprobaron el Estatut viene a agravar el problema subyacente en toda la política española desde hace dos décadas y que lejos de ser un problema estatutario o de Cataluña (o de Euskalherria, o de Galiza) es un problema constitucional y de España que radica en no saber qué es lo que se quiere ni a qué modelo de estado se quiere llegar, porque lo que ha quedado claro y se verá en los próximos meses es que la Constitución de 1978 y el Estado de las Autonomías han quedado rebasados por la realidad política y las exigencias de la ciudadanía.
No obstante, se puede decir alto y claro que el Tribunal Constitucional ha cumplido sobrada y satisfactoriamente con su misión: ha dictado una sentencia a corto y a medio (pero nunca a largo) plazo defendible por los partidos políticos de toda tendencia, incluso por los nacionalistas a los que permitirá justificarse ante sus bases afirmando que, de un modo u otro, se ha reconocido que Cataluña es una nación, o, simplemente, continuar explotando un supuesto victimismo histórico. Pero fundamentalmente, el “gran logro” de esta sentencia se encuentra en que ha salvado la autoridad y los intereses de los altos funcionarios que integran la judicatura española y el Poder Judicial, ha parcheado la Constitución de 1978 y ha remendado el Estado dimanante de la misma permitiendo que la casta política encaramada en el Poder Legislativo siga viviendo cómoda y pacíficamente de la “libertad constitucional” y de la “nación española” y, por último, ha lavado las manos y la cara del Poder Ejecutivo. En definitiva, la Sentencia del Tribunal Constitucional ha logrado prolongar por lo menos diez años más el “modus vivendi” de los que han hecho de España, de los españoles y de la confrontación un medio de vida.
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