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viernes, 5 de noviembre de 2021

DE TÍTULOS NOBILIARIOS Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

 

Carmen Calvo, Ministra que fue de la Memoria Democrática

En el artículo titulado "De condecoraciones y Memoria Democrática" publicado en este blog tratábamos la difícil o, mejor dicho, imposible armonización de las Órdenes y Condecoraciones civiles del Estado Español con la llamada "Memoria Histórica", "Democrática" o como se quiera llamar, al resultar la inmensa mayoría de ellas instauradas o restauradas por el Régimen Franquista. Ahora, nos disponemos a tratar el curioso y no menos cómico tema de los llamados "Títulos Franquistas" que los actuales dirigentes políticos de nuestro pobre país pretenden suprimir como solución a no sé sabe cuántos problemas que afectan a los españoles.

            Para empezar, hay que distinguir tres clases de Títulos Nobiliarios que se concedieron en el periodo de tiempo que media entre los años 1939  y 1978:

            1º. Títulos Nobiliarios creados por el General Franco en su condición de Jefe del Estado y concedidos a aquellas personas a las que creyó conveniente.

            2º Títulos reconocidos en virtud de la Ley  del 4 de mayo de 1948 desarrollada por Decreto de 4 de junio de 1948.

           3º. Títulos creados por Su Excelencia el Jefe del Estado a Título de Rey, Juan Carlos de Borbón, y concedidos a personas directa e indirectamente vinculados a la familia Franco o al Régimen Franquista.

            En lo que respecta a los Títulos Nobiliarios creados durante el Régimen Franquista y concedidos por el Jefe del Estado a determinadas personas; la primera cuestión que nos aborda es ¿Que naturaleza política tenía el Régimen Franquista? ¿Era una República, pues no había Rey? ¿Era una Monarquía, pues se concedían Títulos Nobiliarios?. En realidad, el Régimen Franquista fue un régimen personalista cuya naturaleza dependía  exclusivamente de la voluntad arbitraria del General Franco hasta que, tras la aprobación en 1947 de la Ley de Sucesión a la Jefatura del Estado, adquirió la naturaleza de una "Regencia" entendida ésta como el "Gobierno provisional en un estado monárquico que ejerce un regente mientras el rey no puede gobernar, generalmente por ser menor de edad, estar ausente o incapacitado", pasando, Francisco Franco, a ser un "Regente" de facto.

            Ahora bien, un "Regente" como tal, no puede crear o instituir Títulos Nobiliarios de nuevo cuño pues tal potestad corresponde en exclusiva a un soberano legítimo por lo que, los títulos creados por Francisco Franco en tanto en cuanto "Jefe del Estado" y "Regente" de facto, son simple y llanamente nulos por la pura y simple usurpación de funciones, potestades y prerrogativas que solo pueden corresponder a un Rey. Un Gobierno de Regencia, al igual que un Régimen Republicano puede reconocer Títulos Nobiliarios ya existentes con anterioridad, incluso, en el caso de una república, regularlos dentro de un ámbito privado o semiprivado, pero jamás instaurar nuevos Títulos. Así por ejemplo, Napoleón I Bonaparte, creó Títulos Nobiliarios y ennobleció a buen número de Generales y Mariscales franceses pero jamás antes de coronarse Emperador en 1804 y lo mismo ocurrió con Napoleón III Bonaparte que, siendo Presidente de la II República Francesa jamás intentó crear o instaurar nuevos Títulos Nobiliarios, y tan solo los comenzó a crear a partir de 1852 cuando adquirió la condición de Emperador (1).

Francisco Franco que por Instaurar Títulos que no quede. Hasta creo el Título de Rey

Por su parte, los Títulos Nobiliarios que durante el Régimen Franquista se reconocieron en virtud de la Ley de 4 de mayo de 1948, desarrollada por el Decreto de 4 de junio del mismo año, no fueron títulos creados o instaurados por el General Francisco Franco ni por el Régimen Franquista por lo que no se pueden considerar "Franquistas" ya que se trataba de Títulos Nobiliarios que ya existían, incluso con siglos de anterioridad a la guerra civil de 1936-1939, que los habían creado los monarcas pertinentes y que habían quedado legalmente suprimidos durante la II República.  Cierto es que la mencionada Ley y  Decreto hacen referencia expresa a los Títulos Nobiliarios concedidos por los monarcas carlistas pero el reconocimiento de tales títulos lo es por la autoridad del estado, no por un régimen político concreto no siendo tal cosa nueva ni excepcional.

            En este sentido es de señalar que ya el "Convenio de Vergara" de 1839, en sus artículos 2, 3, 4, 5 y 6 abría la posibilidad de que se reconocieran los Títulos Nobiliarios concedidos por Carlos V y, de igual forma, el Tratado de Viena de 1725 abría la posibilidad de reconocimiento por  parte de Felipe V de Borbón de los Títulos Nobiliarios creados por el austrancista Carlos III de Habsburgo. Evidentemente, que una persona  a la que Carlos V de Borbón o Carlos III de Habsburgo le hubiera otorgado un Título Nobiliario solicitase al monarca de turno, Felipe V o Isabel II,  al que se había enfrentado por no considerarle legítimo el reconocimiento del mismo equivalía a un acto acatamiento (tal vez por eso existen, aún hoy, tantos Títulos Nobiliarios Carlistas vacantes). Igualmente, a lo largo del tiempo los monarcas han reconocido Títulos Nobiliarios creados por otros Monarcas, así por ejemplo el Título de Marqués del Ter concedido por Carlos VI de Borbón al General Cabrera fue reconocido por Alfonso llamado el XII tras el acatamiento del primero y el Marquesado de Linares, creado por Amadeo de Saboya también fue reconocido por Alfonso, llamado el XIII.

            En definitiva, los Títulos Nobiliarios que fueron creados por distintos monarcas antes del ascenso del General Franco a la Jefatura del Estado y que fueron reconocidos en virtud de la Ley de 4 de mayo de 1948 y del Decreto de 4 de Junio del mismo año se podrán considerar como se quiera pero en ningún caso se les puede calificar de "Franquistas".

            Por último, en relación con los Títulos Nobiliarios concedidos por Juan Carlos de Borbón a determinadas personas directa o indirectamente relacionadas con el Franquismo, considerando que éste accedió a la Jefatura del Estado a Título de Rey, que no precisamente como Rey, por pura designación del anterior Jefe del Estado y saltándose la línea de sucesión de su propia rama dinástica, no le creemos muy legitimado para que pudiera otorgar Título Nobiliario alguno, siendo el propio "Título de Rey", un título creado por Francisco Franco y su Régimen político y por tanto "Franquista".

Juan Carlos de Borbón, instaurador del Ducado de Franco y el Señorío de Meirás

No obstante, descendiendo al detalle nos encontramos con ciertas curiosidades al respecto de esos Títulos Nobiliarios concedidos a destacados franquistas y que, ahora, se pretenden suprimir.

            De los 55  Títulos Nobiliarios creados por Juan Carlos de Borbón, tan solo siete lo fueron a familiares de Francisco Franco y/o a destacados franquistas y solo seis de ellos antes de la promulgación de la Constitución de 1978; concretamente:

            1º Señorío de Meirás, con Grandeza de España. Concedido a Carmen Polo, viuda de Franco en virtud del Decreto-Ley 18/1975 de 26  de noviembre.

            2º. Ducado de Franco, con Grandeza de España. Concedido a Carmen Franco, hija de Francisco Franco en virtud del Decreto 3028/1975 de 26  de noviembre.

            3º. Marquesado de Arias Navarro, con Grandeza de España. Concedido a Carlos Arias Navarro, ultimo presidente del Gobierno Franquista y primero de Juan Carlos de Borbón en virtud de Real Decreto 1618/1976 de 2 de julio.

            4º. Condado de Rodríguez de Valcárcel. Concedido a Alejandro Rodríguez de Valcárcel, Presidente del Consejo de Regencia, Institución Franquista. Este título se creó en virtud del Real Decreto 23/1977 de 5 de enero.

            5º. Condado de Iturmendi. Concedido a Rita Gómez Nales, viuda  de Antonio Iturmendi Bañolas, ex-Ministro de Justicia del Régimen de Franco, en virtud del Real Decreto 24/1977 de 5 de enero.

            6º. Ducado de Fernández Miranda. Concedido a Torcuato Fernández Miranda, último Presidente de las Cortes Franquistas, en virtud del Real Decreto 1203/1977 de 31 de mayo.

            7º. Ducado de Suárez. Concedido a Adolfo Suárez González, Ex-Secretario General del Movimiento y segundo Presidente del Gobierno de Juan Carlos de Borbón. Este Título se creó en virtud del Real Decreto 254/1981 de 25 de febrero.

            De estos siete Títulos Nobiliarios parece que los que más escuecen a los actuales gobernantes de este país son los dos primeros, el Señorío de Meirás y el Ducado de Franco, mereciendo especial consideración el primero de ellos.

El controvertido Pazo de Meirás origen del Título de Señorío de Meirás

El Señorío de Meirás, se constituyó en virtud de Decreto-Ley 18/1975 de 26  de noviembre y a diferencia de las otras seis dignidades nobiliarias que se mencionan en el presente artículo carecía de carácter hereditario al no mencionarse en el Decreto-Ley que lo creaba dicho carácter ni contemplar, como ocurría en el Decreto por el que se crea el Título de Conde de Arias Navarro, que su titular pudiera designar sucesor al mismo; por lo tanto, el Señorío de Meirás se instaura como un Título Nobiliario vitalicio que se extinguía con el fallecimiento de su titular, Carmen Polo, acaecido en 1988. No obstante, en 1989, Francisco Franco y Martínez Bordiú, nieto de Carmen Polo, presentó a sucesión dicho Título, siéndole reconocido, previo pago de las correspondientes tasas, por el Señor Ministro de Justicia de aquel momento, el socialista Enrique Múgica Herzog (miembro del mismo partido que hoy pone en tela de juicio tales Títulos Nobiliarios), quien ni corto ni perezoso y demostrando un total desconocimiento impropio de un Ministro de un Estado supuestamente monárquico, convirtió un Título Nobiliario Vitalicio en un Título Nobiliario Hereditario.

            En definitiva, sin ya querer entrar en el análisis del Decreto de 13 de Abril de 1951 por el que se regulan las funciones de los "Cronistas de Armas", ni como algunos personajes consiguieron su homologación como tales ante el Ministerio de Justicia haciendo valer alguna dudosa Albalá o en cómo se puede conseguir que a una persona se le reconozca un Título Nobiliario; solo puedo concluir que, siendo España un estado que adopta la forma de "Monarquía Parlamentaria", el tema de los Títulos Nobiliarios resulta mucho menos serio que en la republicana Francia llegando al extremo de poder calificar la situación nobiliaria del hispánico reino como de "aristocrático cachondeo", salvo para el Ministerio de Hacienda que cobra una tasa por reconocimiento o sucesión de Títulos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

(1) Napoleón I vio en la concesión y reconocimiento de Títulos Nobiliarios una fuente de ingresos para el Estado pues con la concesión del Título impuso el pago de una tasa. Hoy en día, en España, la  concesión de un Título Nobiliario tal vez este exenta de pago de timbre, tasas u otros derechos; pero el reconocimiento de un Título ya existente o su sucesión están sujetos a pago de una tasa que oscila entre los 800 y los 17.000 Euros por lo que no deja de ser una fuente de ingresos para la hacienda pública.

 

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