El próximo 25 de octubre será presentado en el
Ayuntamiento de Morella el libro “Els valencians, poble d’Europa“;
publicación colectiva en la que participa S.A.R. Doña María Teresa de
Borbón-Parma junto con los
coordinadores de la obra y profesores de la Universitat de València don August Monzon y don Joan Alfred Martínez.
Páginas
CONTACTO (indicando como asunto El Chouan Ibérico): arturoen@hotmail.com
jueves, 10 de octubre de 2019
martes, 8 de octubre de 2019
VOX TOREA NUEVAMENTE EN VISTALEGRE
A
pesar de que existen encuestas que predicen un importante descenso electoral,
en las próximas elecciones generales del próximo 10 de noviembre, de la
emergente formación política que preside Santiago Abascal, el hombre a caballo,
lo cierto es que el acto celebrado en la madrileña plaza de toros de Vistalegre,
superó todas las expectativas de asistencia incrementando el número de
participantes y sorprendiendo a los medios de comunicación que señalaron el aumento
de asistentes con respecto al acto celebrado en el mismo sitio hace un año.
Parece ser que el Palacio de Vistalegre,
antiguo coso taurino del madrileño barrio de Carabanchel., contó con la
concurrencia de más de trece mil personas deseosas de escuchar a un político
"nuevo" con aires de líder mesiánico al que corear con vibrantes
"vivas" y "mueras". El discurso acorde con el momento, no
defraudo a los asistentes: Guerracivilismo a la contra de la moda impuesta por
la izquierda, ataques al partido del gobierno, PSOE, y a toda la izquierda y
ataques al Partido Popular y a "Ciudadanos"; en definitiva un
discurso totalmente vacío de contenido constructivo pero muy adecuado para
encandilar a unos seres humanos dispuestos a abandonar tal condición durante
unas horas y convertirse en Hooligans sin criterio, juicio ni sentido común.
Pedro Sánchez y el Tribunal Supremo
han hecho un gran favor a los líderes de VOX con su decisión sobre la
exhumación de Francisco Franco porque cara a las elecciones les va a permitir
explotar el sentimiento de agravio que tal decisión ha ocasionado en un
porcentaje de la población española y que ya estuvo muy presente en el acto
político de Vistalegre el pasado domingo, al igual que un favor les supone la
posición del Partido Socialista de Cataluña de no apoyar la moción de censura
contra el President de la Generalitat y el ofrecimiento de
"Ciudadanos" de apoyar al PSOE para formar gobierno tras las
elecciones del próximo noviembre. Y es que VOX carece totalmente de un discurso
político coherente, alimentándose de los errores y del mal hacer de los demás,
además de la falta de criterio de las personas que terminan votándole quienes,
como ocurre con los seguidores de los demás partidos, no desgranan lo que los
líderes dicen comparándolo con lo que hacen.
Santiago Abascal, atacó duramente al
Partido Socialista y a los demás
partidos y grupos de la izquierda, lo cual cabe dentro de la lógica de los que
hacen de un antimarxismo trasnochado manifestación de fe política, pero lo que
no es lógico es que continuara atacando al Partido Popular y a
"Ciudadanos" cuando VOX les está apoyando en numerosos municipios y
Comunidades Autónomas. Si el Partido Popular y "Ciudadanos" son tan
nefastos para el país, antes de hablar mal de ellos, el señor Abascal debería
dar orden de hacer caer los gobiernos municipales y autonómicos que existen
gracias al apoyo incondicional de su partido. Sí, y bien decimos incondicional,
porque exigir protección para las procesiones religiosas , la tauromaquia y el flamenco,
no constituyen condición política alguna sino puro folklore o defensa, si la
promoción de Fino o de la Manzanilla se incluyera, de los intereses vulgares de
los pequeños señoritingos anhelantes de lucir tipo por la sevillana calle
Sierpes al ser incapaces de elevarse a la condición de señores.
Junto
a Santiago Abascal, también pudo verse en el acto de Vistalegre al eminente
jurista Javier Ortega Smith, quien no
hace mucho acuso alegremente a las llamadas "Trece Rosas" de
"Asesinar, violar y torturar vilmente" en las Chekas cuando ni el
Consejo de Guerra que las condenó formuló acusación por tales delitos ni en
aquella época (1939) la mujer podía ser sujeto activo del delito de violación.
El señor Ortega Smith, eminente patriota que allí por donde va hace gala de ser un
caballero juramentado en la defensa de los valores patrios, parece ser que tuvono ha mucho, allá por 1986, un pasado falangista en el madrileño distrito deCiudad Lineal; considerando que Falange tiene un juramento muy
peculiar, que en realidad es una sucesión de juramentos, que termina con un "JURO vivir en santa hermandad con todos los de la Falange y prestar todo
auxilio y deponer toda diferencia, siempre que me sea invocada esta santa
hermandad", sería
cuestión de preguntar al señor Ortega Smith si piensa cumplir todas sus
promesas electorales y juramentos de la misma forma que ha cumplido con el
juramento, que como falangista, debió hacer en su momento.
Los
discursos y la retórica desplegada por VOX, el pasado 6 de octubre, en Vistalegre
ponen de manifiesto una sucesión de incongruencias y contradicciones que
resultan sorprendentes que hayan sido apoyadas por más de dos millones
seiscientos mil votantes en las elecciones de abril de 2019. VOX, no puede o no debe ir de regenerador de
nada cuando sus líderes proceden del Partido Popular del que salieron cuando,
casualmente, no vieron colmadas sus aspiraciones personales, políticas y/o
profesionales, no pueden apelar a nuevas políticas cuando, con su militancia e
incluso ocupando cargos de responsabilidad, fueron fieles seguidores de las
políticas del Partido Popular cuando este estuvo en el gobierno con José María
Aznar y, también, con Mariano Rajoy; no
pueden apelar al conjunto de la nación española cuando la inmensa mayoría de
esa nación, la trabajadora, les importa un bledo como demuestra el hecho de que
quieran envolver en la bandera bicolor la inhumana y amarga píldora del
liberalismo económico en detrimento de los derechos sociales.
VOX
es otro partido más que sin ideas ni honestidad aspira a torear al pueblo
español, pero no en una vulgar corrida de toros de las de a pie como todos los
demás, sino en una corrida de rejoneo como corresponde al aristocratismo y señoritismo de sus dirigentes y para tal
corrida, a falta de Las Ventas, nada mejor que el coso de Vistalegre.
sábado, 5 de octubre de 2019
A VUELTAS CON LA GUERRA CIVIL
![]() |
| Parte de la nave central del Osario de Verdún |
Todo
parece confabularse para que ochenta años después de terminada la última Guerra
Civil Española, la de 1936 a 1939, el conflicto recobre vida. En los últimos
quince días, el Tribunal Supremo, la misma institución que durante los cuarenta
años de franquismo estuvo confirmando sentencias de muerte de dudosa legalidad
y ninguna moralidad, ha declarado que el dictador salga de su actual sepultura
en Cuelgamuros y sea trasladado a no sé donde, un director de cine ha estrenado
una película subvencionada por el erario público y con más errores históricos
que un examen de Historia suspendido sobre el incidente entre Millán Astray y
Unamuno durante la inauguración del curso académico 1936-1937 en Salamanca y
finalmente unos politiquillos de tres al cuarto comparan la exhumación de
Franco con la quema de conventos e iglesias o acusan a las llamadas "trece
rosas" de "torturar, asesinar y violar", cuando ni siquiera el
Consejo de Guerra que las condenó a muerte las imputó tales delitos. Son tres
ejemplos llamativos que ponen de manifiesto en manos de quién está la
Administración de Justicia, la Cultura y el Gobierno de este país. Saquen los españoles
sus conclusiones, si es que saben y quieren sacarlas.
En ochenta años los protagonistas de
aquellos acontecimientos han desaparecido al recaer sobre ellos la inexorable
ley de la naturaleza, en ochenta años nacen más de tres generaciones, con sus
propios anhelos, problemas y preocupaciones y en ochenta años los temas que eran de vivo interés y fervoroso debate pasan
a ser meros temas de estudio histórico pero no primera meta de una política de
vivos, esto es, una política contraria a una política de muertos, pues si la
política tiene por objeto el buen gobierno este debe ser sobre los vivos y no sobre
los muertos. En los ochenta años que median entre 1871 (final de la Guerra
Franco-Prusiana) y 1951 (firma del Tratado de Paris que constituyó la Comunidad
Europea del Carbón y del Acero), con tres guerras de por medio que ocasionaron
millones de muertos, la enemistad entre franceses y alemanes ha sido superada y
tanto Francia como Alemania se han convertido en motores de la política y de la
economía europea y si hace ochenta años
los caídos en Verdún reposaban en cementerios separados, con claras
diferenciaciones entre los vencedores y los vencidos, hoy los restos sin
identificar que siguen apareciendo por lo que fue el campo de batalla,
descansan en un osario construido, hace ochenta años, por los vencedores a
su mayor gloria sin reparar en el bando
en que sirvieron aquellos que jamás envejecerán y sin que nadie se escandalice
que restos germanos descansen bajo la Croix de Guerre y la bandera francesa.
Una
guerra, cualquier guerra y más una guerra civil, es una tragedia, pero no, o no
solo, como se suele considerar una tragedia colectiva sino, sobre todo,
constituye una suma de infinitas tragedias individuales que no puede consolar
ni siquiera la victoria. La exaltación de la victoria, y, no nos engañemos,
todo bando vencedor de cualquier contienda la exalta incluso con una obscenidad
repugnante, tiene por objeto buscar un "sentido" a la destrucción, a la muerte y a la deshumanización que la ha
precedido porque ese "sentido" acalla las conciencias de los vencedores, la inmensa mayoría de los
cuales, aunque no lo sepan también son perdedores. Perdedores porque han perdido
a algún amigo o ser querido, pero, sobre todo, perdedores porque han visto como sus
esperanzas e ilusiones son defraudadas por una minoría que, sin arriesgarse y
sin mancharse de sangre y barro, son los verdaderos y únicos beneficiarios del
sacrificio ajeno y de la victoria. Y que nadie se engañe porque como bien dijo
el Duque de Wellington tras la batalla de Waterloo: "No hay nada peor que
una victoria, a excepción de una derrota".
Lo
cierto es que no hay tragedia, por grande que sea, que el tiempo no cure. El
tiempo es un médico muy curioso y muy competente: hace que los ejércitos se desvanezcan, los ánimos se sosieguen
y las causas que nos enfrentan desaparezcan, pero para eso es imprescindible
que le dejemos actuar y que los dirigentes políticos y los representantes de la
cultura se comporten con responsabilidad no queriendo rentabilizar las heridas
impidiendo su completa cicatrización, porque de lo contrario, las heridas se
ulceran, se convierte en eternas y el pasado deja de ser pasado para no dejar
de ser presente con todo lo que ello implica.
miércoles, 25 de septiembre de 2019
LA JEFATURA DEL ESTADO EN EL ACTUAL MARCO JURÍDIC O CONSTITUCIONAL
![]() |
| Ejemplar original del texto constitucional |
La
falta de acuerdo para la formación de gobierno así como los requerimientos que algún líder político
ha realizado al Jefe del Estado para que interviniera y mediara en la
consecución de un acuerdo que permitiera formar un gobierno de coalición y
evitase una nueva convocatoria electoral ha puesto sobre la mesa la gran
cuestión eternamente obviada sobre qué es la Jefatura del Estado en España y
para qué sirve.
No vamos a repetir aquí lo que ya
dijimos en este mismo medio en febrero de 2013 en un artículo titulado "DeAbdicaciones, Monarquías, Legitimidades y Particularidades" en el que
tratábamos el origen de la actual titularidad de la Jefatura del Estado, pero
sí vamos a intentar explicar como la regulación constitucional de la misma la
reduce a un absurdo político siendo notablemente insuficiente para que queden
claramente delimitadas las supuestas potestades del Jefe del Estado que quedan
reducidas a ninguna.
El marco jurídico que regula a la
Jefatura del Estado en España queda reducido a
los diez artículos (del 56 al 65, ambos inclusive) que conforman el
Título II de la Constitución Española que tiene por epígrafe "De la
Corona". La mayoría de estos
artículos se remiten entre sí o remiten a desarrollos legislativos posteriores
que jamás se han producido dejando exclusivamente claro los siguientes
extremos: a quien le corresponde la Jefatura del Estado (a Juan Carlos de
Borbón y sus herederos), como si fuera un simple título de propiedad, la forma
de sucesión a la Jefatura y la
institución de la Regencia, todo lo cual hace suponer que la histórica Ley de
Sucesión a la Corona de Felipe V queda derogada en todo aquello que la
Constitución no menciona por lo que realmente no se ha estado nunca ante una
restauración sino ante una instauración en la persona designada en su momento
por Francisco Franco Bahamonde que es confirmada en el cargo por la vigente
Constitución. Instauración que tuvo lugar el 22 de noviembre de 1975 y que fue
ratificada mediante la aprobación del texto constitucional, el cual tiene
carácter puramente ratificatorio en este extremo.
Por su parte, la Constitución de
1978, en su artículo 56, establece una definición extremadamente curiosa de el
Rey al decir: "el Rey es el Jefe del
Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento
regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado
español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su
comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la
Constitución y las leyes".
En primer lugar, que el artículo 56
de la vigente Constitución diga expresamente que "El rey es el Jefe del Estado" quiere decir que
"Rey" es el título que tiene en España el Jefe del Estado, lo que
entronca con la fórmula empleada el 20 de julio de 1969 por las Cortes
franquistas para designar a Juan Carlos de Borbón como sucesor de Franco en "la Jefatura del Estado a título de
Rey", a diferencia de su antecesor que era Jefe del Estado a título de
"Caudillo" y "Generalísimo". Seguidamente el mismo artículo
56 dice que "el Rey" es "símbolo
de la unidad y permanencia" (del Estado), lo cual o es una estupidez o
es un mero recurso retórico porque si es el símbolo de la unidad y permanencia
del estado, entonces ¿No existía Estado antes de que "el Rey" fuera
su Jefe?; en consecuencia, los nacidos antes del acceso de Juan Carlos de
Borbón a la Jefatura del Estado o, como poco, antes de su designación como sucesor
a dicha Jefatura, ¿No son miembros del estado español?. Si el estado se queda
sin "Rey", ¿Desaparece el estado?, evidentemente si el estado se
fragmenta o si se divide, "el Rey" deja automáticamente de serlo
porque ya no representa nada según el propio texto constitucional.
![]() |
| Tres generaciones de Jefes del Estado Español |
Por
otra parte el mismo artículo 56 de la Constitución dice que "el Rey... arbitra y modera el funcionamiento regular de
las instituciones", pero no indica cómo puede realizar ese arbitraje y
esa moderación. El más modesto árbitro de fútbol que arbitra un partido de
quinta regional que se juega en un ruinoso campo de tierra dispone de dos
tarjeta y un silbato para ejercer sus funciones, tiene capacidad y medios para
llamar la atención, amonestar e incluso expulsar a jugadores y entrenadores del
terreno de juego y, más aún, tiene el poder de suspender el partido; en cambio,
conforme reza la vigente Constitución, el Jefe del Estado carece de todo
instrumento para realizar tal arbitraje y moderación pues no se establece
ninguna prerrogativa, es decir, no se fija ninguna función propia de la
Jefatura del Estado que no deba ser primeramente propuesta por las Cortes
Generales y sancionadas por el Gobierno por lo que realmente la supuesta
función arbitral no es más que otro recurso dialéctico para encubrir una
institución constitucional vacía de contenido y finalidad.
Por su parte, el artículo 62 del
Texto Constitucional establece lo que parecen ser las grandes funciones de la
Jefatura del Estado pero con tales limitaciones que en realidad no tiene
ninguna. Así, corresponden al Jefe del Estado:
a)
Sancionar y promulgar las leyes, que redactan las Cortes Generales.
b)
Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los términos
previstos en la Constitución, que siempre es a petición del Presidente del
Gobierno o del Presidente del Congreso de los Diputados.
c)
Convocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución, siempre y
cuando lo ordene el gobierno.
d)
Proponer el candidato a Presidente del Gobierno y, en su caso, nombrarlo, así
como poner fin a sus funciones en los términos previstos en la Constitución,
siempre y cuando se le ofrezca un candidato que tenga una mayoría parlamentaria
suficiente para constituir un gobierno estable en el tiempo.
e)
Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su Presidente.
Pues eso... a propuesta del Presidente del Gobierno.
f)
Expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros, conferir los empleos
civiles y militares y conceder honores y distinciones con arreglo a las leyes.
Siempre y cuando, tal como se establece, sean acordados en el Consejo de
Ministro y sean propuestos por éste. Más de lo mismo... previo acuerdo del
Consejo de Ministros.
g)
Ser informado de los asuntos de Estado y presidir, a estos efectos, las
sesiones del Consejo de Ministros, cuando lo estime oportuno, a petición del
Presidente del Gobierno. Para colmo que el Jefe del Estado se mantuviera
ignorante de los asuntos de estado, eso ya sería el sumum del absurdo.
h)
El mando supremo de las Fuerzas Armadas.
Cargo puramente nominal pues no puede movilizar tropas sin previa
autorización del gobierno.
i)
Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar
indultos generales. Dicho de otra forma, firmará los indultos que le
presente el gobierno
.
j)
El Alto Patronazgo de las Reales Academias. Al fin y al cabo un tema puramente
honorífico.
![]() |
| Alegoria que bien podria representar la ausencia de contenido real de la Jefatura del Estado |
La
Constitución también atribuye al Jefe del Estado la acreditación de embajadores
y el recibimiento de embajadores de potencias extranjeras así como el
manifestar el consentimiento a los tratados internacionales pero eso sí, es el gobierno
quién establece la política exterior del estado y por tanto quien nombra a los
embajadores, establece con qué estados se tienen o no relaciones diplomáticas y
el que acuerda la adhesión o no a tratados internacionales.
En definitiva, el Título II de la
Constitución es tal brindis al Sol, tal oda a la vacuidad, al vacío, a la nada,
que, si por algún resquicio legal, se unificaran la Jefatura del Estado y la
Jefatura (Presidencia) del Gobierno en la persona del Presidente del Gobierno
no supondría ninguna alteración práctica más allá de la derogación de las
disposiciones que hacen referencia a la regencia y a la condición vitalicia y
hereditaria de la Jefatura del Estado.
Con esta realidad jurídica que
entroniza aquello que don Juan Vázquez de Mella denominó "el augusto
cero", ya va siendo hora que a los españolitos se nos explique para qué
sirve la Jefatura del Estado y cuáles son las ventajas de tener segregadas la
Jefatura del Estado y la Jefatura del Gobierno en dos instituciones diferentes
cuando la primera tiene su partida presupuestaria a cargo de los Presupuestos
Generales del Estado que se sostienen con nuestros impuestos y parece que sirve
para muy poco, o mejor dicho, para nada.
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