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miércoles, 26 de agosto de 2020

NO TODOS SOMOS CÓMPLICES DE LA HERENCIA FRANQUISTA



 Que la Iglesia y el Ejército se pronuncien en halagos a favor de Juan Carlos de Borbón no es noticia significativa. Dos rancias y seculares instituciones de la historia y de la actual realidad social española, que detentan un poder fáctico que va más allá de sus funciones.

            Para la Iglesia, para la Conferencia Episcopal Española, la magnitud del pecado no radica en la conducta del pecador, se establece en función del rango y la significación social del sujeto. Lo comprobamos con la pederastia -uno de los vicios más nefandos para Cristo- que era tanto más encubierta, y hasta disculpable, según se ascendía en el escalafón jerárquico eclesial. Es lógico, por tanto, que los obispos españoles miren para otro lado ante las supuestas prácticas corruptas y el enriquecimiento ilícito del anterior jefe del Estado, y ensalcen sus (también supuestas) aportaciones a la convivencia y a la democracia, es decir, la Iglesia depende económicamente del presupuesto público. Y cualquier cambio en el sistema podría poner en peligro la generosa financiación de la Iglesia Católica.

            No es tampoco de extrañar la actitud exculpatoria de Juan Carlos por una parte significativa del glorioso ejército español. Una institución tan unida siempre a pronunciamientos, golpes de estado, represiones… y tan estrechamente unida al franquismo. Es hasta lógico y normal que defiendan la herencia institucional de la Dictadura, les va en ello el honor -su interesado concepto del honor- su estatus y hasta sus emolumentos. Los otros valores castrenses: la defensa de la convivencia democrática, el respeto a la voluntad popular, la disciplina, la lealtad, el patriotismo; aquí y ahora son referencias que no cuentan. 

            Que Rodolfo Martín-Villa, José Ignacio Wert o Esperanza Aguirre salgan en defensa del heredero del franquismo tampoco es ninguna sorpresa. Y en el caso de Martín Villa, que tiene en su haber evidentes implicaciones por los sucesos de Vitoria de 1976 y de los sanfermines de 1978, entre otros asesinatos, tiene una trayectoria pública con grandes similitudes con el anterior jefe del Estado. Comienza su carrera política en el régimen franquista, se acomoda a la democracia y pasa, como una gran parte de la clase política, a desarrollar negocios privados valiéndose de las “puertas giratorias”. Y con respecto a la represión y a los asesinatos del franquismo y del postfranquismo, convendría recordar la presencia de Juan Carlos en el balcón de la plaza de Oriente, junto al general Franco, en aquel macabro aquelarre convocado tras las ejecuciones del 27 de septiembre de 1975. 

 ¿Y la defensa por parte de Alfonso Guerra del “emérito”? Tampoco es de extrañar. Durante los años de la Transición, el entonces números dos del PSOE, negoció la aceptación de una parte de la herencia franquista -la monarquía en primer lugar- a cambio del silencio y la colaboración política del PSOE. Aceptación que tuvo como consecuencia la rendición, más o menos incondicional, del resto de los partidos democráticos y antifranquistas: el reconocimiento por el entonces poderoso aparato del PCE de la bandera bicolor y de la monarquía son la imagen paradigmática de aquella rendición. Y los carlistas también nos vimos impelidos a aceptar aquella Constitución, que ha acabado convirtiéndose, en muchos aspectos, en una camisa de fuerza para los valores democráticos. 

            Un escrito firmado el pasado 7 de agosto por una veintena de carlistas recordaba la actitud del PSOE durante la Transición democrática: “el partido de Felipe González y Juan Carlos de Borbón fueron los grandes beneficiarios de la descomposición del franquismo”…/… “la monarquía franquista y el PSOE se protegen mutuamente”. La desvergüenza de Alfonso Guerra lleva a identificar la Constitución con la monarquía franquista: “cuando se intenta atacar al Rey se está atacando en realidad la Constitución”, lo que lleva a convertir a la Constitución en una Ley Fundamental del Franquismo, y no en un texto que garantice los derechos democráticos, la convivencia ciudadana y la transparencia institucional. La Constitución sirve como instrumento jurídico para avalar las prácticas corruptas y el saqueo público.

            Contrastan están actitudes con las declaraciones de Iñaki Gabilondo. El veterano periodista ha tenido la humildad y el coraje de reconocer el encubrimiento que los medios de comunicación han tenido, durante décadas, con las presuntas conductas delictivas de don Juan Carlos: “me siento avergonzado. Encima todo esto ha abierto un capítulo de vergüenza que ha degradado a mi generación públicamente”. Aun valorando la sinceridad de Gabilondo, consideramos que no nos basta con entonar un “mea culpa”. Hay que resarcir a los ciudadanos de la manipulación sufrida, del secuestro de la información, del engaño planificado, de la colaboración con un sistema corrupto. Iñaki Gabilondo, junto con otros profesionales de la información a los que suponemos honrados, deberían proceder a desenredar los turbios manejos de la clase política i/o empresarial desde los comienzos de la Transición, empezando por la propia jefatura del Estado. Hay que poner en marcha un vasto proceso de periodismo de investigación y denuncia. Por la salud democrática del país, por ética profesional y para resarcir a los ciudadanos del engaño consentido. Pero la valentía de Gabilondo tiene también su punto vulnerable: si se siente cómplice, que asuma sus responsabilidades, y que no se dedique a escampar tinta, por qué no todos hemos sido cómplices del latrocinio y de la escandalosa conducta de don Juan Carlos y de una gran parte de la clase política. No, los carlistas no somos, junto con millones de honrados y respetables ciudadanos, ni cómplices, ni responsables. Fuimos marginados en su momento del banquete de la democracia. Y ahora nos sentimos con fuerzas y con autoridad moral para reclamar el fin de la monarquía franquista, liberal y corrupta. Y caerá. 


miércoles, 22 de enero de 2020

ACTO CONSTITUYENTE Y PROCESO CONSTITUYENTE

 Que el régimen político nacido de la llamada "Transición" y de la Constitución de 1978 no está pasando por uno de sus mejores momentos, si es que alguna vez tuvo alguno, no es un secreto para nadie sino, más bien, una clara evidencia para todos. Esto ha hecho que no pocos miembros de la casta política española se hayan apuntado a aquella idea abstracta de una "Segunda Transición" que apuntó,  a mediados de los años noventa del pasado siglo, el entonces presidente del Gobierno, José María Aznar.  La falta de definición de lo que es o la ausencia de concreción de en lo que consiste esa "Segunda Transición" nos permite especular sobre el que será y nos lleva a reflexionar sobre hechos de nuestra historia política reciente que nos hacen concluir que el marco jurídico español ha estado en constante e interrumpida transición desde 1939.

            Si bien se analiza, el Régimen Franquista totalmente triunfante el 1 de abril de 1939 y del que emana el actual régimen político que padecemos, pasó por distintas etapas no pudiéndose decir seriamente que aquel régimen de 1939 fuera exactamente el mismo que supuestamente se extinguió en 1976. Estas transformaciones que bien pudieran llamarse "transiciones" permitieron a Francisco Franco permanecer en el poder hasta su muerte y a su régimen perpetuarse hasta la actualidad porque de hecho, y por mucho que se pretenda lo contrario, la "Ley para la Reforma Política" de 1976, de la que dimana la Constitución de 1978,  no deja de ser una de las "Leyes Fundamentales" del Estado Franquista por lo que en puridad lógica la Constitución de 1978 dimanante de tal "Ley Fundamental" es otra, y hasta el momento, la última de las "Leyes Fundamentales".

            Atendiendo a las circunstancias sociales del interior y a las circunstancias políticas del exterior, el Régimen Franquista se fue transformando periódicamente con la exclusiva intención de perpetuarse mediante sucesivas "Leyes Fundamentales" que actuaban como verdaderos "Actos Constituyentes". Así, la ley Fundamental, fundadora del Régimen Franquista fue el "Fuero del Trabajo" de 1938 que constituía un estado totalitario acorde con los fascismos triunfantes en aquellos momentos en Europa mientras que las "Leyes Fundamentales" posteriores (1) fueron transformando dicha tendencia inicial hacia posiciones más homologables a lo existente en nuestro entorno europeo occidental de los años sesenta y setenta del siglo pasado. Las "Leyes Fundamentales del Reino" fueron sucesivas transiciones del Régimen Franquista y, aunque unas más que otras, verdaderos  "Actos Constituyentes" porque cada una de ellas, sin romper ni derogar la anterior, marcaban un cambio de tomo y de expresión del franquismo.

 Ahora bien, y he aquí el engaño: un "Acto Constituyente" puede suponer la culminación de una transición, pero no es un "Proceso Constituyente" del cual se diferencia radicalmente. El "Acto Constituyente" es un acto de estado, dimana de la autoridad del estado y de sus máximas instituciones quienes, sin debate alguno, acuerdan modificar las reglas constitucionales por el exclusivo interés de las propias instituciones del estado excluyendo al pueblo de cualquier participación en los debates decisivos; como acto de estado, el "Acto Constituyente" es otorgado al pueblo o, en el mejor de los casos, simplemente presentado para su refrendo mediante un referéndum. Por su parte, un "Proceso Constituyente" es una demanda social que emana del pueblo mismo convirtiéndose en una necesidad política y en el que el único papel que debe asumir el estado y sus instituciones es el de garantizar la seguridad del proceso y poner  a disposición del mismo todos los medios apropiados para culminarlo con éxito. Un "Proceso Constituyente" es siempre un proceso muy largo, con avances y retrocesos, en el que se discute todo, sin limitación alguna y cuyo fruto último tiene una finalidad de conservación que tiende a la eternidad al prever incluso su modificación por causas que, discutidas durante el mismo proceso, no llegaron, por los motivos que fueran, a materializarse en el texto legal resultante.

            Mientras un "Proceso Constituyente" crea un estado nuevo con deseos de perpetuarse, un "Acto Constituyente" mantiene el estado de cosas imperantes aparentando cambiarlo todo, debiendo recurrir periódicamente a nuevos "Actos Constituyentes" que mantengan el Status Quo. Por eso, cuando desde los actuales medios de comunicación y desde no pocos ámbitos de la política se habla de la famosa "Segunda Transición" se ha de estar atentos para que no se repita lo acaecido en 1976 y, que mediante un "Acto Constituyente", se hurte al pueblo español su deseo de un "Proceso Constituyente" y con ello, la posibilidad de crear una verdadera democracia que, lejos de confundirse con el parlamentarismo liberal, no es otra cosa que la participación del pueblo en el estado de forma continua y sostenida.















(1) Las Leyes Fundamentales del Régimen Franquista llamadas "Leyes Fundamentales del Reino" fueron: El Fuero del Trabajo (1938) , Ley Constitutiva de las Cortes (1942), Fuero de los Españoles y Ley de Referéndum Nacional (ambas de1945), Ley de Sucesión a la Jefatura del Estado (1947), Ley de Principios del Movimiento Nacional (1958), Ley Orgánica del Estado (1966) y Ley para la Reforma Política (1976). En puridad lógica, considerando que la actual Constitución de 1978 dimana de la Ley para la Reforma política de 1976, se debería considerar también a la vigente constitución como una Ley Fundamental del Régimen de Franco.




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