Mientras
que la crisis económica campea a sus anchas por toda la piel de toro excluyendo
y marginando socialmente cada vez a más familias, nuestros políticos se dedican
a abrir debates falsos a fin de entretener al personal y distraerlo de la percepción
de la vacuidad de los programas electorales con los que los partidos aseguran
poder redimirnos a todos. En este sentido, el Partido Socialista Obrero Español
(P.S.O.E.) ha incluido en su programa una propuesta, realmente muy difícil de calificar,
consistente en estorbar o entorpecer el ejercicio de la prostitución sancionando la demanda y el alquiler de
locales con el objeto de lucrarse de la industria del sexo y bien decimos que
es una propuesta muy difícil de calificar porque en el eterno debate sobre la
regulación o prohibición de la prostitución, el Partido Socialista ha abierto
una tercera vía que es ni prohibición ni regulación, sino todo lo contrario.
En el debate sobre la regularización
o prohibición de la prostitución los partidarios de lo primero han de saber que
en España, y hasta mediados de los años cincuenta del siglo pasado, el
ejercicio de la prostitución estuvo regulado y fue legal en lugares cerrados
sometidos a rigurosos controles sanitarios y policiales hasta que el Régimen
Franquista, en búsqueda de su homologación con los estados de su entorno
occidental, suscribió en 1956 el Convenio de la Organización de las Naciones
Unidas (O.N.U.) para la "Represión de la Trata de Personas y
de la Explotación de la Prostitución" de 1950, a partir de ese momento el
ejercicio de la prostitución paso a ser "alegal" si bien el Código
Penal perseguía tres conductas relacionadas con la misma y que el vigente
Código Penal despenalizó en 1995: el Celestinaje o la puesta a disposición de un
lugar donde se ejerciera la prostitución, el Rufianismo o el vivir en todo o en
parte de la prostitución ajena y el Proxenetismo o la recluta de personas para
la prostitución. Así pues, la situación de "alegalidad" de la
prostitución en España se debe a un Tratado Internacional y aquellos que
pretenden su regulación, en realidad deberían empezar por pedir la denuncia del
Convenio Internacional para "Represión de la Trata de Personas y
de la Explotación de la Prostitución" de 1950, al igual que otros piden la
denuncia del Concordato de 1979 con la Santa Sede.
Se
podrá alegar, y con toda la razón, que países de nuestro entorno europeo como
Alemania, Austria u Holanda han "regulado" la prostitución pero lo
que en realidad se ha hecho en esos países es legalizar el rufianismo. Desde el
punto de vista jurídico, la relación que une a la persona que ejerce la
prostitución con su cliente constituye un contrato de prestación de servicios personalísimo ya que el cliente elige a la
persona concreta que quiere que le preste el servicio no pudiendo ser otra
diferente por lo que nos encontramos claramente ante una actividad profesional que
ha de generar los pertinentes beneficios económicos a quien la ejerce, pero no
a otros; por tanto, que la prostitución genere el más mínimo ingreso económico
a cualquier persona física o jurídica que no sea la/el propia/o prostituta/o es
una forma de rufianismo y negar tal cosa es negar la luz del Sol.
Desdeñando
las posiciones "prohibicionistas" por ser de una ingenuidad beatífica
imposibles de valorar desde una perspectiva práctica ya que la prostitución es
una de las tres profesiones más antiguas del mundo (las otras dos son la de
sacerdote y la de guerrero) y, a pesar de que en ocasiones se le ha perseguido
con dureza y saña, jamás ha dejado de ejercerse; el tema debe ser centrado
rechazando la hipocresía y el oportunismo con el que los políticos siempre lo
han tratado.
Lo
que realmente mueve a los distintos miembros de nuestra casta política a
plantearse ahora el tema de la prostitución es el aspecto puramente económico
ya que ven, en los enormes beneficios que genera dicho sector, una posibilidad de
incrementar los ingresos del estado vía impuestos ignorando el hecho de que si
la prostitución genera tantos beneficios es debido en gran medida precisamente
al hecho de que no se pagan impuestos por ejercerla. Esta voracidad
recaudatoria, no nos engañemos, es lo que está detrás de la legalización de la
prostitución en los estados de nuestro entorno lo cual convierte a esos estados
en unos claros rufianes indirectos al mismo tiempo que permite a los rufianes
directos meter el dinero que obtienen en el circuito económico sin necesidad de
tener que acudir a métodos de blanqueamiento. Como ningún autodenominado "hombre de
estado" se atreve a reconocer que ese es su único interés en el tema, lo
enmascaran aludiendo a la dignidad de la mujer (curiosamente casi siempre
hablan de la mujer obviando que también existe la prostitución masculina) y a
la persecución de "mafias" que se enriquecen con el tráfico de
personas.
Esta
afirmación, de que la persecución de las "mafias" y la dignidad de la
mujer (repetimos, que nunca o casi nunca, se refieren a la prostitución
masculina) es una mera justificación recurrente de los políticos que oculta sus
verdaderas intenciones queda demostrada con los siguientes hechos paradójicos y
objetivos: durante las últimas décadas los ayuntamientos de todos los colores
políticos han dado licencias de apertura a "locales" donde solo un
pobre imbécil no sabría, incluso de antemano, que se trataba de verdaderas
casas de lenocinio y durante décadas se han visto anuncios en todos los
periódicos donde se anunciaban servicios de "sauna y masajes" en los
que solo otro pobre imbécil no identificaría como claros servicios de
prostitución realizados en pisos privados; pues bien, en todo este tiempo jamás
se le ha ocurrido a nadie, en aras de la dignidad de la mujer y de la lucha
contra las "mafias", ni siquiera poner a un policía de los de
"segunda actividad" a localizar telefónicamente los lugares anunciados
en la prensa y pasarse por los mismos para inspeccionarlos. A esto último se
podrá objetar el sofisma de que "no existía legislación mínima que
permitiera tal actuación", lo cual es radicalmente falso porque existen
numerosas ordenanzas y reglamentos municipales que regulan el funcionamiento de
los locales abiertos al público imponiéndoles normas y siendo cualquier piso
donde se ejerza la prostitución, evidentemente, un local abierto al público el mismo queda
sujeto a las ordenanzas de higiene y de consumo de bebidas alcohólicas
ignorándose por puro desinterés y deserción de la autoridad competente si en
los mismos entran o no menores, si se les proporciona o no bebidas alcohólicas,
si presentan las adecuadas condiciones higiénicas e incluso si en ellos se
cumple o no la legislación antitabaco impuesta a los lugares públicos y centros
de trabajo (1). El tema de la dignidad de los trabajadores, de todos los
trabajadores, y de la lucha contra la delincuencia es una cuestión muy seria
para que unos señores con la pretensión de arañar votos nos vengan a hablar de dignidad
y de sanciones cuando sus respectivos partidos han tenido y tienen aún en el
ámbito municipal la posibilidad de haber hecho algo al respecto y, simplemente,
no lo han hecho.
La
cuestión de la prostitución se ha de afrontar desde la honradez intelectual y
para ello hay que reconocer, en primer lugar, que los individuos venden lo que
tienen y lo que creen que puede darles más beneficios (solo los políticos
venden lo que no tienen) por lo que pueden existir personas que prefieran ganar
cinco mil euros a la semana ejerciendo la prostitución en vez de seiscientos al
mes trabajando de cajera o reponedor. ¿Eso afecta a la dignidad de quien ejerce
la prostitución?, Si tal actividad se ejerce libremente y sin coacción alguna
la única falta de dignidad y de vergüenza se encuentra en los sujetos que
permiten la existencia de salarios de seiscientos euros mensuales y que
generalmente ponen beatíficos reparos de santurrón ante el hecho de que alguien
pueda alquilar su propio cuerpo mientras que ellos mismos no son más que
conciencias de alquiler. No obstante, la prostitución exige, más bien que
requiere, una regulación legal para evitar las actividades delictivas e
infracciones administrativas que se suelen mover en torno a ella sin contrariar
lo dispuesto en los tratados internacionales sobre la trata de seres humanos y
explotación de la prostitución ajena y para ello lo mejor sería considerarla
una actividad profesional personalísima que, no siendo deseable que existiera,
se ejerciera exclusivamente en locales cerrados de titularidad municipal que
contasen con un trabajador social y otro sanitario y que por ello la prostituta/o
solo pagase una tasa anual a fin de que la prestación de los servicios
socio-sanitarios por parte del ayuntamiento no perjudicara a las arcas
municipales. También se podría considerar el ejercicio libre de la profesión declarándose
a la autoridad municipal el horario y el lugar, que siempre deberá ser un lugar
cerrado, en el que se va a ejercer a fin de que el ayuntamiento tome las pertinentes
medidas socio-sanitarias y garantizándose en todo caso que solo el profesional
es el que obtiene el beneficio de su trabajo mediando el correspondiente pago
de la tasa anual (2).
(1) Es curioso, más aún insultante, para la
inteligencia de cualquier ciudadano medio que en este país hace unos años se
cerrase un restaurante en Marbella por negarse su propietario a acatar la
"ley antitabaco" cuando es casi seguro que en esos pisos que se
anuncian en los periódicos y donde se ejerce la prostitución se vulnera dicha
ley sin que ninguna autoridad les conmine a su cumplimiento o cierre el
establecimiento.
(2) La diferencia entre una tasa y un
impuesto radica en que mientras el impuesto grava una actividad o bien generando
un beneficio para la entidad recaudadora, la tasa simplemente corresponde a la
cuantía que una entidad pública desembolsa para prestar un servicio por lo que
la tasa no supone beneficio alguno para la entidad recaudadora al igual que el
servicio prestado por el que se abona esa tasa no le supone ningún desembolso
real a la misma.