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lunes, 2 de febrero de 2015

EL EXPOLIO QUE VIENE

            Lo verdaderamente sustancial de un texto legal o de una declaración política no es tanto lo que se dice como lo que no se dice y el cómo se dice y eso es, precisamente, lo que ocurre con la proyectada reforma de la Administración Local y con la nueva Ley de Montes que prevé el gobierno, las cuales tienen una orientación económico-administrativa tendente, no a ahorrar dinero público a los ciudadanos como se sostiene, sino a beneficiar a los grandes y medianos municipios en perjuicio de las pequeñas corporaciones locales (municipios pequeños, pedanías y juntas vecinales) y sus habitantes así como a reactivar nuevamente la famosa burbuja inmobiliaria que es el origen de la mayoría de los males inmediatos que nos afectan.

            En primer lugar, hay que explicar que la burbuja inmobiliaria explotó fundamentalmente porque la demanda de terrenos y viviendas cayó a consecuencia del incremento desmesurado e irracional de los precios de los inmuebles, la desconfianza crediticia debida al estallido del escándalo de las inversiones subprime (préstamos muy rentables pero de muy alto riesgo) en Estados Unidos y el incremento del desempleo a consecuencia de la globalización de la crisis económica iniciada por la causa anterior. Esto hizo que muchos municipios españoles que habían disparado su gasto público en la construcción de cuestionables infraestructuras recurriendo a financiación ajena ya que presentaban, a corto y medio plazo, inmejorables condiciones de solvencia económica por ingresar en sus arcas cantidades ingentes de dinero procedentes de la recalificación de terrenos y del cobro del Impuesto sobre el Incremento del Valor del Suelo (Plusvalía) dejasen de hacerlo y quedasen gravemente endeudados, lo que provocó a su vez la paralización de numerosas obras públicas municipales, el cierre de empresas y el incremento de desempleo.

            Evidentemente, cuando una institución, al igual que un individuo, se ve afectada por una crisis dimanante de una reducción de ingresos lo primero que hace es reducir gastos, pero la reducción del gasto solo es una medida excepcional para resistir un momento crítico puntual que no puede eternizarse en el tiempo. Una economía no puede basarse exclusivamente en la contención del gasto por lo que el siguiente paso consiste en buscar un medio adecuado para incrementar los ingresos y es precisamente ese medio el que tiende a proporcionar la supresión de pequeños municipios prevista en la reforma de las Administraciones Locales así como determinadas medida incluidas en la modificación de la vigente Ley de Montes.

            Como, ya hemos dicho en más de una ocasión, "nada nuevo hay bajo el Sol" y, por mucho que se empeñen algunos "Narcisos" de su intelecto, las únicas ideas nuevas no son más que viejas ideas que han caído en el olvido. De este modo, en el año 2015, y con la pretendida justificación de ahorrar en el gasto público se quiere vender una "novedosa idea" que no consiste nada más que en resucitar el viejo proceso Desamortizador del Siglo XIX.

            Como ya ha pasado mucho tiempo, la cultura política no está muy extendida y este es un país donde, tal y como dijo Agustín de Foxá, "los españoles siempre van detrás de un cura: unas veces con un cirio y otras con un palo, pero siempre detrás", para la mayoría de los ciudadanos españoles las Desamortizaciones del Siglo XIX fueron una muy progresista idea que quitó numerosos bienes inmuebles a la Iglesia Católica en beneficio de la libertad del pueblo español y de la laicidad del estado, pero lo cierto es que el proceso desamortizador, en palabras de Tomás y Valiente no fue más que la "apropiación por parte del Estado y por decisión unilateral suya de bienes inmuebles pertenecientes a «manos muertas»; venta de los mismos (en pública subasta) y asignación del importe obtenido con las ventas a la amortización de los títulos de la deuda". La cuestión es que, a pesar de lo que se cree por el común de los ciudadanos, las Desamortizaciones no tuvieron solo por objeto los bienes inmuebles de la Iglesia Católica, sino también, y sobre todo, el de los Gremios profesionales así como los baldíos y las tierras comunales de los municipios.

Con las "Desamortizaciones" el estado pretendía conseguir liquidez para hacer frente a la deuda pública, pero el remedio fue peor que la enfermedad y lo único que se consiguió fue la pérdida de numeroso patrimonio histórico y artístico al venderse monasterios, ermitas e iglesias con todo lo que había en su interior, sin que ni siquiera si hiciera un inventario previo para saber qué es lo que se vendía, y destruir la economía rural de unos campesinos que vivían de la explotación de las tierras comunales municipales.

            Esto precisamente vuelve a repetirse con la pretendida reducción de pequeñas entidades locales que desea el gobierno con el beneplácito de todo los partidos del arco parlamentario y alguno todavía extraparlamentario.

            Los pequeños municipios, pedanías y juntas vecinales son entidades locales de marcado carácter rural que tienen términos municipales más o menos extensos y muy poca población que requiere poco gasto público en infraestructuras y servicios públicos y donde, además, los cargos electos generalmente no cobran nada por administrar dichas entidades. Por tanto, suelen ser entidades que gozan de algún modesto superávit presupuestario que, de ser absorbidas por un municipio mayor, pasaría a engrosar las maltrechas arcas de ese municipio, lo cual es significativo pero no lo más importante porque lo sustancial de esa hipotética absorción se encuentra en el hecho de que el municipio absorbente ampliará su término municipal y pasará a administrar los bienes comunales y de uso público propiedad de la entidad absorbida abriéndose, de este modo, la puerta a la recalificación de esos bienes y, en definitiva, a su liquidación para beneficio de los nuevos gestores y administradores que verán así paliar o incluso desaparecer su deuda pública.

            Pero esta reducción de entidades locales, no solo afectará a la propiedad comunal, sino también a la propiedad particular porque desde muchas generaciones atrás los usos tradicionales de los vecinos de esos pequeños municipios y pedanías les hacían huir de los "quebraderos de cabeza" que suponían los arduos procedimientos legales y administrativos y existe en ellos numerosos inmuebles, rústicos y urbanos, sobre los cuales el derecho de propiedad se ejerce en virtud de actos jurídicos (compraventas, herencias, donaciones, hijuelas, etc...) que no han sido jamás elevados a escritura pública ni registrados en los correspondientes registros de la propiedad por lo que un municipio más grande, basado en el estricto cumplimiento de las normas burocráticas, podría poner en cuestión tales derechos y hacer que muchas propiedades particulares se perdieran y engrosasen el llamado patrimonio público que gestionará y enriquecerá al municipio que absorba a esa pequeña entidad local.

            Por último, la nueva Ley de Montes proyectada por el gobierno favorece, facilita y refuerza las posibilidades de especular con los terrenos quemados al eliminar la vigente prohibición de recalificarlos hasta que no transcurrieran treinta años después del incendio. La nueva ley, en su artículo 50, permitirá a las comunidades autónomas acordar el cambio de uso forestal de un monte quemado cuando se den “razones imperiosas de interés público de primer orden”, esto es, cuando sea económicamente aconsejable y rentable. Sin lugar a dudas, la redacción de este artículo hará que nuevamente aumenten los incendios forestales y, junto a la reforma local prevista, se sirva para mejor provecho de unas entidades autonómicas que, como el propio estado en su conjunto, se han ocupado durante los últimos cuarenta años en crear una economía mono sectorial, cortoplacista, puramente especulativa y altamente deficitaria en el aspecto humano, social y político cuyo sostenimiento a todo trance se puede terminar traduciendo en el expolio de una gran parte de la población española.



jueves, 30 de enero de 2014

EL DESPISTE Y LA PRÁCTICA DE LA USURA INVERSA

   Cuando el actual gobierno del Partido Popular decidió rescatar a las entidades financieras que estaban pasando dificultades económicas y de liquidez a causa del incremento de la morosidad derivada del pinchazo de la burbuja inmobiliaria les inyectó una ingente cantidad de dinero que la Unión Europea había puesto a disposición del estado español en una línea de crédito de hasta cien mil millones de euros.

            Como el responsable de una deuda es quien adquiere la misma, aunque sea para financiar a terceros, quien ha de pagar las decenas de miles de millones de euros tomados de la línea de crédito abierta por la Unión Europea, son las arcas públicas del Estado Español, es decir, todos y cada uno de los ciudadanos españoles porque será de los impuestos, tasas y precios públicos que estos paguen de donde saldrá el dinero para devolver las cantidades dadas a los bancos.

            Frente a esta realidad incuestionable, el gobierno ha jugado como siempre al despiste y al “trile” con los ciudadanos diciendo que en ningún caso las cantidades tomadas de la precitada línea de crédito iban a engrosar la enorme deuda pública que arrostra el estado español y que, en todo caso, serían los bancos quienes pagasen su propio rescate.

            Pues bien, la maniobra, propia de un trilero, ha sido la siguiente: el gobierno de don Mariano Rajoy ha dado a las entidades financieras decenas de miles de millones de euros a un interés X a cambio de qué estas compren deuda pública del estado español a un interés Z (siendo Z = X+Y). Esto ha provocado que, a pesar de que la banca ha recobrado la liquidez de sus mejores épocas, no se haya reestablecido la fluidez en la financiación a empresarios y a particulares por dos razones fundamentales: 1º. Porque las entidades financieras jamás volverán a financiar el cien por cien de nada a nadie que no presente más que sobradas garantías o avales de solvencia y 2º. Porque los bancos no necesitan arriesgar su dinero prestando a particulares o a empresarios ya que, comprando deuda pública al estado con el propio dinero que éste les ha dado, ganan un interés superior al que tienen que pagar por el dinero que han recibido.

            Esta es una de las formas que los bancos tienen, con la complicidad del gobierno, para financiar su rescate y que, si cogemos papel, lápiz y echamos cuentas, podremos observar que consiste, de una forma muy solapada y disimulada, en que sean los propios ciudadanos quienes se estén haciendo cargo del pago del rescate bancario porque siendo el interés que el estado les paga por la compra de deuda pública superior a los intereses que les cobra por el dinero que les ha dado, existe una diferencia que constituye la ganancia bancaria y que está siendo pagada por el estado español, es decir por todos los ciudadanos españoles.

            No teniendo suficiente con esto para conseguir la refinanciación de las entidades bancarias, el gobierno dejo escapar hace unos meses el globo sonda de que al pago del rescate financiero deberían colaborar los depositantes perdiendo un porcentaje de sus depósitos que pasarían a la entidad financiera. Como esto era muy difícil de poner en práctica dado que equivaldría a un robo o confiscación, se ha procedido de otra forma que consiste en que las entidades financieras practiquen, con el apoyo del gobierno, lo que bien puede denominarse de “Usura Inversa”.

            Si por “Usura” se entiende el COBRO de un interés notoriamente excesivo y desproporcionado en un préstamo y así está recogido por el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, por “Usura Inversa” se ha de entender el PAGO de un interés excesivamente pequeño en un préstamo o depósito. A este respecto, hace unos meses el gobierno del Partido Popular, entrometiéndose en las relaciones comerciales existentes entre empresas privadas y sus clientes y a través de su Ministro de Economía, Luis de Guindos; limitó el tipo de interés que los bancos podían dar por los depósitos a plazo a un máximo del 1´75 por ciento, consiguiendo, mediando algunas técnicas puramente comerciales, que los tipos de interés que los bancos vienen pagando actualmente a los depositantes no supere en ningún caso el 2 por ciento, lo que resulta clara y notoriamente inferior al interés que esos mismos bancos cobran por sus préstamos o perciben por la compra de deuda pública.

            Esta medida supone para los bancos un beneficio añadido ya que, al amparo de las disposiciones gubernamentales, disminuyen sus costes de explotación al dejar de pagar un justo interés a sus depositantes además de eliminar la competencia entre ellos a la hora de captar depósitos a través de la oferta de distintos tipos de interés. En cambio para los depositantes supone dos cosas: 1ª. Pérdida de poder adquisitivo porque la inmensa mayoría de los depósitos procede de pequeños ahorradores que, por no tener el dinero en la inseguridad de su casa, lo llevan a un banco y obtienen un interés con el que completan sus pequeñas pensiones o salarios para llegar a fin de mes o darse un pequeño capricho al año y 2ª. Pérdida progresiva de los ahorros depositados porque se verán devaluados con el paso del tiempo e irán desapareciendo por un posible aumento de las necesidades del ahorrador/depositante y un seguro y continuado incremento del Índice de Precios al Consumo (I.P.C.).

            Así pues, esta limitación máxima en el interés que los bancos pagan por los depósitos, es otra de las formas que tienen las entidades financieras para recapitalizarse, esta vez a costa de los pequeños ahorradores, que ven como el contrato de depósito supera al contrato leonino y usurario al convertirse también en obligatorio porque el tener depósitos bancarios en cualquiera de sus formas se ha convertido, gracias nuevamente a los distintos gobiernos de este país y a las grandes empresas, en obligatorio para proceder a casi todos los pagos periódicos a los que un individuo tiene que hacer frente en su vida e incluso para percibir su nómina, pensión o subsidio mensual.

            En definitiva, estamos asistiendo a la puesta en marcha de nuevas y taimadas fórmulas de engaño y explotación de los ciudadanos por parte de las castas económicas y políticas tendentes a perpetuar la situación de privilegio gracias a la cual viven y se desarrollan.

miércoles, 24 de abril de 2013

INDEMNIZACIONES, REPARACIONES Y DEUDAS

     
Cuando el 10 de Mayo de 1871 la República Francesa y el Imperio Alemán acordaban poner fin a la Guerra Franco-Prusiana mediante la firma del Tratado de Francfort hacia casi cuatro meses que la contienda había acabado realmente y el ejército Prusiano se enseñoreaba completamente de las tierras de Francia, así pues, más que poner fin a una guerra, el Tratado de Francfort servía para poner las bases de una supuesta paz y de una futura guerra.

            En virtud del Tratado de Fráncfort, Francia perdía las regiones de Alsacia y Lorena ricas en minas de hierro y carbón, reconocía a Guillermo I como Emperador de Alemania y, sobre todo, aceptaba el pago de una indemnización de guerra consistente en cinco mil millones de Francos Oro. Curiosamente Alemania debía ser indemnizada económicamente cuando la guerra se había desarrollado íntegramente en territorio francés con la destrucción de infraestructuras que ello implicó, Francia había perdido casi 140.000 hombres mientras que Alemanias poco más de 28.000 y además se entregaba a Alemania dos importantes regiones ricas en recursos naturales. Así pues ¿Por qué había que indemnizar económicamente a Alemania?.

            La imposición a Francia por parte de Alemania del pago de esta indemnización de cinco mil millones de Francos-Oro de 1871, que aproximadamente se corresponde a la totalidad de la actual deuda de Grecia, Chipre y Portugal juntas, no tenía por objeto cubrir ningún perjuicio y ni siquiera sacar algún beneficio, hartamente obtenido con la incorporación de las ricas regiones de Alsacia y Lorena al imperio germano, sino que el objetivo era, como posteriormente se reconoció por el propio gobierno alemán, “lastrar todo el desarrollo y poderío económico de Francia, al menos por tres generaciones”. Con sorpresa y bastante desagrado los alemanes recibieron el pago total de la indemnización en tan solo tres años y no pudieron cumplir su objetivo de hundir a Francia en la miseria.

            Cuarenta años después y con la Primera Guerra Mundial como demostración de que los malos tratados de paz aseguran futuras guerras, el Tratado de Versalles por el que se ponía fin a Gran Guerra entre Alemania y la Entente invertía la situación y era Francia, contra la opinión de sus aliados, la que forzaba a imponer a Alemania el pago de unas exorbitantes reparaciones de guerra que marcarían la trágica trayectoria del país germano y del mundo durante los siguientes años.

            Las cláusulas económicas del Tratado de Versalles imponían a Alemania, entre otras cosas, una reparación económica consistente en el pago de ciento treinta y dos mil millones de Marcos-Oro alemanes (Marcos Oro 132.000 millones) que equivalían a unos cuatrocientos cuarenta y dos mil millones de dólares actuales (Dólares 442.000 millones). Los vencedores de 1918 al igual que la Alemania de 1871 conocían perfectamente el hecho de que imponer reparaciones o indemnizaciones económicas por parte de los vencedores a los vencidos resulta absurdo ya que los vencidos no tienen con qué pagar (1). Así pues, el verdadero objeto de las reparaciones del Tratado de Versalles no era que Alemania las pagara sino que se esforzara durante años en pagarlas lastrando de esta forma la economía germana de manera definitiva apartándola de cualquier posibilidad de competir en la economía internacional.

            En la actualidad no han existido en Europa guerras recientes que hayan permitido imponer reparaciones o indemnizaciones de guerra, pero no obstante los países europeos más fuertes han seguido intentando controlar, dominar y lastrar la economía de los países europeos menos poderosos mediante los distintos tratados de adhesión a la Unión Europea primero y mediante la concesión de ayudas que se han traducido en endeudamiento después.

            Mediante los distintos tratados de adhesión a la Unión Europea suscritos por diferentes estados a partir de 1973 a los nuevos estados miembros de la entonces Comunidad Económica Europea se les imponían férreas restricciones a la producción agropecuaria, privatizaciones de empresas públicas y limitaciones a la producción industrial, todo ello para evitar la más mínima competencia a las empresas y agriculturas de los estados económicamente más fuertes. A cambio, estos nuevos miembros de la Europa comunitaria percibían unas ayudas llamadas “Fondos de Cohesión” a fin de construir infraestructuras que en muchos casos no eran ni siquiera necesarias y por tanto eran claramente prescindibles. La recepción de esos “Fondos de Cohesión” generaron la gran ilusión en los países perceptores de considerarse enormemente ricos, se lanzaron a la realización de faraónicas obras de infraestructuras acudiendo al endeudamiento exterior sin caer en la cuenta de que las obras realizadas necesitarían posteriormente de enormes sumas para su mantenimiento para lo cual deberían proceder a endeudarse aun más y así se llegó a la situación actual. Numerosos estados europeos entre los que se encuentra España tienen una enorme deuda que difícilmente podrán pagar ya que entre otras cosas los recortes y medidas antisociales que se están tomando por parte de los gobiernos solo tienden a asegurar el pago de los intereses anuales de la deuda pero no la amortización de ésta. Por su parte no resulta creíble que los estados acreedores crean seriamente que algún día podrán cobrar lo que se les debe pero mientras continúan presionando, exigiendo e imponiendo medidas son conscientes de que los estados deudores se han convertido en estados vasallos que pueden entrar en una fase de liquidación y saldo.

            Para terminar reproduzco un texto escrito a principios del Siglo XX por el economista, presidente de la A.E.G. y Ministro de Asuntos Exteriores de la República de Weimar, Walther Rathenau y que hoy, mutatis mutandi, adquiere plena actualidad y vigencia para que cada uno saque sus conclusiones:

            “Cuando existen dos naciones y una de ellas produce todo lo que necesita, mientras que la segunda de las naciones precisa de los productos de la primera (2), a la larga se establece entre ellas una relación o dependencia singular: la nación que recibe los productos tratará primero de pagarlos en géneros, pero como la otra nación no los necesita, con ello la obliga a buscar otros medios. ENTONCES SURGE LA LIMITACIÓN. Paga en géneros industriales, en hipotecas, en acciones, pero la base real de estos títulos queda siempre en el país que los ha entregado. Queda todo como antes: agricultura, ferrocarriles, industrias. Sin embargo, el otro país dispone de las propiedades del suelo, de las fábricas, de los medios de transporte, de manera que sus dirigentes deciden en lo que respecta a las colocaciones de los empleados y también a los que les corresponde aprobar o no las nuevas inversiones (3). Todos son pasos que conducen a una creciente influencia del otro país.”

            “Este fenómeno puede ser definido así: la nación más débil paga en poder (4) y la nación más poderosa se aproxima a la otra como un propietario o arrendador. En unas relaciones de tal índole, casi todos los habitantes dependen personalmente de los extranjeros.”

            ¿Reconoce el lector la limitación impuesta que existe en Grecia, Portugal, Chipre, Irlanda y España?.





















(1) Es de indicar que a esta misma conclusión debieron llegar los aliados en 1945 ya que a pesar de que la destrucción y muerte que sembró la Segunda Guerra Mundial en Europa fue infinitamente mayor que la generada por la Primera, las reparaciones de guerra impuestas a Alemania tras el conflicto fueron tan solo de veinte mil millones de Dólares (Dólares 20.000 millones).

(2) O se ve obligado a necesitarlos.

(3) Entiéndase también prestación de servicios públicos.

(4) Entiéndase también soberanía.            

miércoles, 17 de octubre de 2012

LA DEUDA ESPAÑOLA, LA PRIMA DE RIESGO Y LOS ACREEDORES



            Con motivo de la aprobación por el gobierno de los Presupuestos Generales del Estado muchos han sido los comentarios que ha generado el hecho de que la cuarta parte de los mismos esté destinada al pago de intereses de la enorme deuda externa contraída por los diferentes gobiernos en nombre y representación de España. Lo que agrava más el tema es que uno de cada cuatro euros que el estado tiene previsto ingresar en el año 2013 va destinado exclusivamente al pago de intereses no a la amortización de la deuda por lo que ésta seguirá generando sucesivos intereses en los próximos años y lastrará la economía española durante décadas.

            Por otra parte, el Estado con la venta de bonos y obligaciones a diez años en los mercados internacionales continúa adquiriendo nuevas deudas, que a su vez generan nuevos intereses, para poder hacer frente a los gastos corrientes como son las pensiones, los subsidios por desempleo, el pago de empleados públicos, el mantenimiento de determinados servicios, etc…

            La ingente cantidad de deuda adquirida así como la situación política y económica general de España hace que la llamada prima de riesgo se haya disparado hace meses ocasionando la perdida de credibilidad de los compradores de bonos y obligaciones del estado que, a su vez, ha provocado el incremento de los tipos de interés que España tiene que pagar a dichos compradores.

            Así pues la situación que se ha generado en nuestro país viene a ser la siguiente:

            Si un individuo tiene un patrimonio de 2.000, unas rentas anuales de 1.000 y un gasto corriente anual (comida, vivienda etc...) de 600. Tiene una economía sana y saneada y no se puede decir que tenga problemas económicos.

            Ahora bien, si ese individuo, por las razones que sea, adquiere una deuda de 1.500 que le generan unos intereses anuales de 800, resulta que tendrá que dedicar 800 euros de su renta anual a pagar esos intereses por lo que solo le quedaran 200 para hacer frente a sus gastos corrientes.

            Como con 200 ese individuo no tiene suficiente para hacer frente a los gastos corrientes anuales tiene el siguiente abanico de posibilidades:

            a) Recortar los gastos corrientes, lo que significa que tendrá necesidades básicas que no podrá cubrir con el resultado de su empobrecimiento e incluso su extinción por consunción a largo o medio plazo. Esta es la explicación a los recortes que ha realizado el ejecutivo español.

            b) Liquidar parte del patrimonio (1.500) y pagar el principal de la deuda (1.500) con lo cual su patrimonio pasará a ser de 500 por lo que verá reducirse su renta anual en la parte de la misma que ese patrimonio le generaba. El resultado sigue siendo su empobrecimiento con la consecuencia añadida de tener que acudir, a corto o medio plazo, a una mayor financiación externa ya sea en la forma de adquirir nuevas deudas económicas o en la forma de adquirir compromisos que supondrán pérdida de independencia (este es el caso de los hijos que piden prestado a los padres para pagar su hipoteca o que regresan a la casa paterna tras una fallida independencia). El gobierno actúa así cuando “privatiza” o vende activos públicos como edificios, infraestructuras y empresas públicas con la finalidad de obtener liquidez y proceder a diversos pagos.

          
  c) Aceptar que la deuda que ha adquirido ES IMPAGABLE y decidirse a NO PAGARLA. No es que el individuo no quiera pagar, es simplemente.... que le resulta imposible de pagar a no ser que, a largo o medio plazo, se extinga por consunción.

            Considerando que la deuda adquirida por la casta política en nombre y representación de los españoles resulta matemática y materialmente imposible de pagar, surge la pregunta de por qué el Estado no solo no reconoce este extremo, sino que además continúa endeudándose cada vez más.

            La respuesta a esta cuestión es muy sencilla: el estado español sigue endeudándose por dos motivos: a) Porque requiere de financiación externa para poder hacer frente a sus gastos anuales mas elementales y b) porque sigue encontrando personas o instituciones que están dispuestas a prestarle dinero aunque a un interés cada vez más elevado. Ante esto surge una nueva pregunta, ¿Cómo es posible que haya personas e instituciones dispuestas a prestar dinero o a adquirir los bonos y obligaciones españoles cuando ya resulta de una claridad meridiana que la deuda española no se podrá pagar?.

            La respuesta se encuentra en que la deuda española es pura y simplemente especulativa, o dicho de otro modo, es similar a una apuesta en una carrera de caballos. Así en cada emisión de nueva deuda pública (por medio de bonos y obligaciones) el interés se incrementa a causa del riesgo existente de no recuperar lo prestado, pero no obstante, considerando el elevado interés impuesto y que éste se paga cada año o cada seis meses el acreedor sabe también que en tres o cuatro años tendrá amortizada sobradamente la cantidad prestada y empezará a ganar dinero. Así pues, a todos los acreedores de España, les interesa que esta resista, que haga todos los máximos recortes en el interior del país y que no se declare en quiebra porque de esta forma cada año que pasa tendrán más posibilidades de recuperar lo prestado e incluso de ganar algo.   

            Como se ha dicho antes, los compradores de deuda publica española están actuando como puros y simples especuladores que recuperaran lo prestado o no y obtendrán grandes beneficios o no, dependiendo de lo que España tarde en reconocer su dramática situación y declarar que no puede pagar la deuda. Evidentemente, aquellos acreedores que compraron deuda publica española hace nueve o dieciocho años, en estos momentos, auque no hayan recibido aun el pago del capital prestado, ya han recuperado dicho capital porque durante todo este tiempo han estado cobrando magros intereses, que equivalen a más de lo que prestaron. El problema lo tendrán aquellos que han comprando deuda publica española recientemente o que la compren en el futuro porque aún no llevan el tiempo suficiente cobrando los exorbitantes intereses como para haber cubierto siquiera el principal prestado.

            No obstante es de considerar claramente que la actual deuda que ahoga a España y a los españoles, a parte de no haber sido adquirida por los ciudadanos sino por la casta política española y con indiferencia de si es "odiosa" (toda deuda es odiosa) o amada… resulta IMPOSIBLE DE PAGAR. Pero recordemos que la culpa en la adquisición de deudas impagables no las tiene solo el deudor que irresponsablemente pide y pide, sino también el acreedor que, asumiendo conscientemente el riesgo a cambio de la percepción de unos tipos de interés cada vez más elevados, sigue dando y dando. Por lo tanto no debería suponer ni generar ningún problema ético o moral que España, atendiendo a sus intereses y a la situación de su población, decidiera dejar de pagar esta deuda cuanto antes.

martes, 28 de febrero de 2012

UN SOFISMA MÁS DEL GOBIERNO POPULAR: LA DACIÓN EN PAGO

Siempre se ha dicho, y no sin falta de razón, que los jueces y magistrados hablan a través de sus resoluciones judiciales (Autos y Sentencias); pero no es menos cierto que los gobiernos hablan por medio de las leyes que llevan al Congreso de los Diputados para su aprobación.

Esto viene a cuento, a consecuencia del último acontecimiento protagonizado por el actual gobierno del Partido Popular, presidido por don Mariano Rajoy, quién el Viernes pasado anunciaba “a bombo y platillo” que iba a proponer a los bancos y demás entidades financieras que aceptaran la entrega de la vivienda hipotecada como pago total de los préstamos hipotecarios y que aceptasen una “espera” de dos años para ejecutar las hipotecas impagadas por aquellas familias que tuvieran a todos sus miembros en paro y que constituyeran una carga sobre la vivienda habitual.


Tras la gran expectación mediática suscitada por este gubernamental anuncio y que solo se ha solapado por la gran noticia de la declaración ante el juez como imputado del yerno de Su Excelencia el Jefe del Estado a Título de Rey, resulta que la tan traída y llevada “Dación en Pago” no es más que una propuesta no vinculante, lo que equivale a una súplica o a un ruego, que el Gobierno de la Nación Española (sea esto entendido con todo sarcasmo), hace a empresas bancarias privadas que serán libres para aplicar o no este consejo gubernamental.


El actual Presidente del Consejo de Ministros, Señor Rajoy, se ha dedicado a decir desde el remunerado puesto de Jefe de la Oposición que ha ocupado en los últimos ocho años que el anterior gobierno socialista no gobernaba y que se dedicaba a hacer continuos “brindis al sol” que no tenían una materialización práctica en soluciones a los problemas de los ciudadanos españoles. Pues bien ¿Qué es este ruego que el gobierno del Sr. Rajoy hace a las entidades bancarias de que acepten la vivienda en pago de la deuda hipotecaria, sino un “brindis al sol”?.


Si el Señor Presidente del Consejo de Ministros y su Gobierno están tan convencidos de que la situación económica de las familias españolas es tan grave (que lo es) y que su endeudamiento les esta condenando en un futuro a medio plazo a la exclusión social (cosa que es completamente cierta), lo que tiene que hacer es LEGISLAR posibles soluciones, no dedicarse a difundir vanas esperanzas rogando, suplicando o sugiriendo a las entidades de crédito que acepten la entrega de la vivienda como pago total de la deuda hipotecaria o que apliquen una “espera” de dos años para ejecutar las hipotecas. Si el gobierno desea establecer la “Dación en Pago” y la “espera” de dos años para poder ejecutar la hipoteca sobre la vivienda habitual, lo que tiene que hacer es modificar la actual Ley Hipotecaria y su Reglamento introduciendo estas dos figuras jurídicas, lo que hará que la aceptación de la vivienda en pago de la hipoteca sea obligatorio para todas las entidades financieras, aunque lamentablemente dicha modificación legal no podría tener carácter retroactivo.


No obstante, lo qué si se podría legislar para ser aplicado e impuesto de forma inmediata a las entidades bancarias es la eliminación total de los intereses de “mora” que gravan el capital prestado en caso de impago de las hipotecas. En este sentido es de indicar que estos intereses moratorios pueden llegar a suponer para aquel que toma el préstamo una penalización de más de un veinte por ciento anual sobre el capital principal que resta por pagar y como este interés es un interés extraordinario que solo se establece con carácter de penalización por impago o descubierto, no se puede decir que sea prioritario su cobro para un banco porque de una entidad bancaria seria que no sea una mera entidad usuraria o agiotista lo único que se puede esperar es que cobre la cantidad principal prestada más el interés normal pactado, que viene a constituir sobradamente el lógico deseo de beneficio empresarial, siendo el empecinamiento que, en no pocos casos, se muestra en cobrar los extraordinarios intereses moratorios síntoma de que existía un secreto deseo por parte del prestamista de que el prestatario incurriera en mora y así poder obtener una mayor, aunque injusta, rentabilidad por el capital prestado.


Igualmente, otra medida de aplicación inmediata que podía legislar el gobierno para proteger a las familias incursas en un proceso hipotecario es, o bien, el automático reconocimiento del beneficio de justicia gratuita para aquellos procesos hipotecarios que tengan por objeto la vivienda habitual, lo que las eximiría de tener que pagar a la entidad ejecutante las costas del proceso de ejecución; o bien, el establecimiento de un límite máximo y moderado a la cuantía que el ejecutante viene exigiendo al ejecutado en concepto de dichas costas judiciales.


Con la adopción de estas dos medidas indicadas: la eliminación de los intereses de mora establecidos para los supuestos de impago y el reconocimiento automático del beneficio de justicia gratuita a los ejecutados hipotecarios cuando se trate de su vivienda habitual o la limitación de las costas procesales que el ejecutante pueda cargar sobre el ejecutado, tendríamos en la práctica una muy importante reducción de la deuda hipotecaria, con la cual se podría llegar a que la vivienda cubriera total y sobradamente la deuda y, todo ello, sin originar perjuicio alguno a las entidades financieras ya que éstas, cuando hacen un préstamo hipotecario, ya han establecido sus beneficios, aun en caso de impago, con los intereses ordinarios establecidos por lo que la ausencia del cobro de los intereses moratorios no puede implicar pérdida económica alguna para ellas.


Por último es de indicar que resulta extremadamente curioso, cuando no directamente raro y extraño, que un gobierno que hace menos de un mes ha tomado la decisión drástica de imponer a los trabajadores la reducción de la indemnización por despido haciendo éste más barato y que hace menos de dos meses ha subido por ley los impuestos a las clases medias, esto es, a la inmensa mayoría de los españoles no se atreva a redactar un decreto o una ley para aliviar la presión hipotecaria y acreedora a la que se encuentran sometidas numerosas familias españolas por culpa de un desmedido ánimo de lucro de los bancos y entidades financieras.


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