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miércoles, 17 de julio de 2019

INDIGNANTE E INJUSTA



 Así, indignante e injusta, ha resultado ser la sentencia dictada por un Juzgado de Málaga que ha condenado a un joven de 26 años a la pena de dos años de prisión y ciento setenta y ocho mil Euros de responsabilidad civil como autor de un delito de homicidio imprudente. Pero ¿Qué ha hecho este chaval para que sea condenado como autor de un delito imprudente? ¿Iba conduciendo borracho o hasta las cejas de drogas y ha atropellado a algún inocente peatón que cruzaba por un paso de cebra?. Nada de eso, el joven malagueño tan solo ayudó a un semejante.

            Los hechos por los que ha sido injustamente condenado Borja, tal es el nombre del heroico malagueño, se remontan a hace cuatro años, cuando tan solo contaba con 22 años de edad. A las 7.45 horas del día 8 de febrero de 2015 Borja ve como una mujer está siendo golpeada por dos delincuentes habituales que intentan robarla el bolso y se posiciona a favor de la agredida víctima, uno de los agresores, varón de 41 años de edad, intenta golpear al intrépido salvador que esquiva el golpe y contraataca dándole a su vez un puñetazo y recuperando el bolso. De resultas del golpe el agresor cae al suelo, entra en coma y fallece pocos días después.

            Pues bien, las cosas como son. La de ladrón es una profesión como otra cualquiera, tiene sus categorías y cuando es llevada con arte, estilo, elegancia y no indiscriminadamente contra la pobre gente (como la ejercieron el famoso Dioni o el no menos famoso Eddie Chapman), puede resultar más honesta que otras profesiones como, por ejemplo, la de Magistrado, Juez o Legislador.

            Ahora bien, la profesión de ladrón es también una profesión peligrosa aumentando el riesgo según se va descendiendo en la categoría profesional siendo la categoría más segura la de los ladrones que pisan moqueta. Con esto se quiere decir que el ladrón cuando se decide a robar sabe a lo que se expone, sabe que puede ser detenido y encarcelado o puede caerse por una ventana o puede que su víctima o una parte de la sociedad que la rodea en el momento de la comisión del delito responda y le golpee o le aprese. Por tanto, que un delincuente que ejerce la violencia sobre sus víctimas se queje de la violencia que estas o su entorno geográfico o familiar pueda desarrollar contra él  es una queja de mal perdedor, pero que estas quejas tengan acogida en nuestro sistema legal es ya, simple y llanamente, el alineamiento de la ley con el delito.

            Según el razonamiento de la sentencia que condena al héroe malagueño, en vez de intervenir debería haber llamado a la policía, pero ¿Donde estaba la policía?. No se trataba de un simple hurto, ni siquiera de un tirón donde el delincuente agarra el bolso, tira y sale corriendo, sino que se trataba de una agresión donde a una mujer la estaban golpeando para quitarla sus pertenencias. ¿Que debería haber hecho el joven? ¿Llamar a la policía y quedarse mirando hasta que llegase la autoridad dando tiempo no solo a que el robo se consumase sino a que la agresión provocara más daños a una persona inocente?

 En este caso concurren todas las incoherencias propias del régimen político-jurídico que padecemos y al que cada vez más le cuesta disimular su degeneración mental. Resulta incoherente que hace once años se elevase a la  condición de héroe público al profesor Neira por intervenir a favor de una víctima de violencia de género mientras estaba siendo agredida y se condene ahora al joven Borja. Se podrá argumentar que el profesor Neira no causo daño, que fue agredido y sufrió graves lesiones (aunque lo cierto es que fue traicioneramente atacado por la espalda sin posibilidad de defenderse, que de haberse defendido tal vez el lesionado hubiera sido el agresor),  pero entonces ¿Que pasa en este país? ¿Hay que dejarse robar y matar alegremente para tener derechos? pues sépanlo los señores Jueces, Magistrados y Poncios Pilatos de toda lacha y condición (1): a los muertos todas las verdades, todas las leyes y todos los derechos les importan una m...

            Más aún, ¿Recordará el lector el ataque frustrado a un tren francés por parte de un Yihadista armado con un fusil de asalto que fue reducido por tres pasajeros, resultando uno de ellos herido? Pues a los tres audaces pasajeros, la República Francesa, lejos de condenarlos, les recompensó con la Legión de Honor (2). Compárese ese caso con cómo ha actuado el putrefacto estado que padecemos con el ejemplar malagueño.

            La sentencia en cuestión es perruna, perruna en el sentido de que tiene el arte del perro y que, como los canes, pretende marcar territorio. Seguramente, la sentencia argumentará cierta desproporción en la que haya podido incurrir el joven Borja, pero si esa desproporción la hubiera utilizado un agente de la policía seguramente la sentencia habría sido mucho más benévola (3). De hecho, cuando la policía reduce a un borracho que, rindiendo culto a Baco, cae en aquella fase de  toda borrachera de "insultos a la autoridad" y argumenta que "ha utilizado la mínima fuerza imprescindible para reducirlo" ningún Juez, Magistrado o Poncio Pilatos de turno, lo pone en duda y eso que es más que sospechoso que unos señores que pasan por una academia de policía y reciben especial instrucción sobre cómo manejar situaciones complicadas no tengan más remedio que utilizar siempre algún grado de violencia a la hora de tratar con personas en estado de intoxicación etílica.

            El que fuera "Lord del Mar" en 1915, Almirante John Arbuthnot Fisher, decía que "la esencia de la guerra es la violencia y cualquier moderación en la guerra es una estupidez". Pues bien, la esencia del "robo con violencia", como su propio nombre indica, no puede ser otra que la violencia y la moderación a la hora de defenderse de él o repelerlo es pura tontería. Encontrándose el joven Borja, como se encontró en efecto, ante la comisión de un "robo con violencia" in fraganti, no solo defendió a una pobre mujer inocente e indefensa sino que también se defendió a sí mismo pues el delincuente intento agredirlo, por lo que la sociedad y una Administración de Justicia, justa e inteligente (lo que excluye a la que tenemos), deberían considerar las trágicas consecuencias acaecidas como un gaje del oficio de ladrón.

            Con sentencias como estas no solo habría que ir pensando que no es bueno pagar impuestos para que estas cabezas sigan mal  pensando y como consecuencia de ello vomiten sentencias como la que nos ocupa,  sino que además, tal vez, el primer acto de JUSTICIA, así con mayúsculas,  que requiere nuestro país sea el sentar a los señores Jueces y Magistrados en el Garrote, ajustar el collar y girar la tuerca. Mientras esto ocurre o no, los ciudadanos deberán considerar que si se encuentran a alguna joven en apuros acorralada por unos canallas, mejor es llamar a la policía y yendo a algún bar por si hay en él algún glorioso agente de la autoridad, se refugien allí mismo rezando para que la víctima no sea hija de algún Juez o Magistrado y este les pretenda juzgar por omisión del deber de socorro, porque claro... nuestra casta judicial ve las cosas diferentes si la víctima es uno de los suyos o del común de la ciudadanía.












(1) Pido perdón a Poncio Pilatos, él se limitó a lavarse las manos en silencio y a la vista de todos en lo que no dejó de ser un acto de sinceridad. Los distintos miembros de nuestra casta judicial se limitan a justificarse diciendo "aplico la ley". En otras épocas no muy lejanas otros cumplían órdenes y aplicaban leyes y no por ello se les exoneró de responsabilidad criminal.

(2) El atentado al tren Thalys en fecha 21 de agosto de 2015.

(3) Se ha sabido, que ayer 16 de julio de 2019, un policía disparo su arma de fuego en el distrito madrileño de Carabanchel hiriendo en la cadera a un delincuente que le amenazaba con un cuchillo ¿Existe proporcionalidad en utilizar el arma de fuego contra un delincuente que solo usa un cuchillo?.

REUNIÓN DE LA JUNTA DE VICECANCILLERES



        
           El pasado sábado 13 de julio se reunió en Madrid la Junta de Vicecancilleres de la ROLP (Real Orden de la Legitimidad Proscripta) presidida por Doña María Teresa de Borbón-Parma. Inicialmente también estaba prevista la asistencia de Don Jaime de Borbón-Parma, pero la anulación de un vuelo desde Bruselas impidió su presencia. A la reunión convocada asistieron la totalidad de los componentes de la Junta.

         Se trataron, entre otros, los siguientes asuntos: Valoración de los actos de Montejurra; presentación, para su análisis y debate, de un documento de líneas básicas de propuestas políticas; coordinación y potenciación de las redes sociales carlistas; y celebración de un encuentro para la formación de jóvenes. Se informó de la preparación de los actos previstos con motivo de la visita a Valencia de Don Carlos Javier y Doña Ana María de Borbón-Parma, inicialmente prevista para los días 9, 10 y 11 de noviembre de 2019 y que está siendo organizada y planificada por el colectivo “Carlistes Valencians” en colaboración con la ROLP y la Asociación 16 de Abril.

         Asimismo, una vez concluida la reunión de la Junta de Vicecancilleres y también presidida por la infanta Doña María Teresa, se celebró la reunión de la Junta directiva de la Asociación 16 de Abril.

martes, 16 de julio de 2019

TODO VUELVE... HASTA EL FASCISMO




 La presente situación institucional que se está produciendo en España en la que, tres meses después de la celebración de unas Elecciones Generales, aún se sigue con un gobierno en funciones y el candidato designado por el Jefe del Estado para presentarse a la investidura en el Congreso de los Diputados parece no tener los suficientes apoyos parlamentarios para salir elegido, ha hecho que diferentes lumbreras de la casta política se hayan puesto a pensar en algunas soluciones que implicarían ciertas reformas legales que evitarían en el futuro la repetición de esta situación.

            La primera solución, propuesta por el líder del Partido Popular, Pablo Casado, y seguramente ideada por "las eminencias grises" que forman su equipo, consiste en plagiar la legislación griega premiando al partido más votado con cincuenta escaños más, lo que haría prácticamente imposible que el mismo no obtuviera la mayoría absoluta. No obstante, no se precisa de donde se sacarían esos cincuenta escaños siendo de indicar que si la composición del Congreso siguiera siendo de trescientos cincuenta diputados, solo trescientos quedarían sujetos a elección por sufragio universal mientras los cincuenta restantes serían extraídos directamente de entre los diputados no electos comprendidos en las listas del partido más votado. Otra opción sería incrementar el número de diputados en el Congreso a cuatrocientos, pero tal solución, además del coste económico que conllevaría, implicaría elevar el número de diputados necesarios para obtener la mayoría absoluta a doscientos uno, lo que en un panorama parlamentario como el actual, tampoco daría al partido más votado la mayoría absoluta para formar gobierno.

            Ahora bien, esta "imaginativa" solución del líder popular no solo carece de originalidad al inspirarse directamente en el modelo griego, sino que además este modelo electoral griego se inspira a su vez en la legislación electoral fascista introducida por la llamada "Ley Acerbo" del 18 de noviembre de 1923 y bajo la cual se llevaron a cabo las elecciones de junio de 1924 que dieron la mayoría absoluta al Partido Nacional Fascista.

            El proyecto de la "Ley Acerbo" fue redactado por el Secretario de Estado Giacomo Acerbo y aprobada por el Consejo de Ministros presidido por Mussolini el 4 de junio de 1923 y por las Cortes Italianas el 21 de julio de 1923 por 223 votos contra 123.

            La "Ley Acerbo", al igual que la Ley Electoral Griega,  establecía un sistema de representación proporcional reforzado que, a diferencia de lo que ocurre en Grecia, asignaba dos tercios de los escaños para el partido que obtuviese más del 25 % de los votos asegurándose, al menos, un tercio de los escaños de la Cámara a los partidos minoritarios, que recibirían de todos modos, incluso si juntos obtenían menos del 33 % de los sufragios, por lo que los fascistas presentaron la nueva legislación electoral como un sistema democrático de distribución de escaños.

            Bajo la "Ley Acerbo", se celebraron las Elecciones Generales italianas del 6 de abril de 1924 en las que el Partido Nacional Fascista obtuvo la mayoría absoluta y el control total de la Cámara de Diputados. La oposición a esta ley y la denuncia de la perversión del sufragio universal que conllevaba fue denunciada vehementemente por el diputado socialista Giacomo Mateotti en la sesión celebrada el 30 de mayo de 1924 lo que provoco su secuestro y posterior asesinato.

            Así, paradojas de la historia, el Partido Socialista Griego (PASOK) al aceptar un sistema electoral de representación proporcional reforzado y el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) de aceptar la propuesta de Pablo Casado, habrían desautorizado cien años después a Mateotti y convertido su vil asesinato en una especie de suicidio estúpido.

 Otra solución propuesta, más imaginativa si cabe aunque igualmente carente de originalidad, es la propuesta por el equipo de luminarias del Partido Socialista Obrero Español (PSOE), que consiste en modificar la Constitución de 1978 para, ¡¡Nada más y nada menos!!, impedir a los diputados  votar en contra del candidato que se presenta a la investidura pudiendo solamente votar a favor o abstenerse.

            Ahora bien, tal solución plantea diversos problemas. El primer problema, y posiblemente el menos importante, es que se podría incurrir  en la imposición de una especie de mandato imperativo prohibido por el propio texto constitucional que se podría salvar con otra modificación de la Constitución en ese sentido o con una adecuada interpretación jurisprudencial diciendo que la obediencia a la Constitución no implica un mandato imperativo.

            No obstante, el principal problema consiste en que la prohibición de votar en contra del candidato que se presenta a la investidura implica una limitación fundamental de la libertad de los diputados elegidos, quienes se verían obligados a votar a un candidato cuyo programa de gobierno no les convence o lo consideran perjudicial. Por otra parte, impedir votar en contra del candidato que se presenta a la investidura no garantizaría nada ya que la situación de bloqueo, que con tal medida se pretende impedir, podría surgir posteriormente a la investidura cuando un gobierno en minoría viera rechazadas sistemáticamente sus proposiciones de ley, salvo que, de alguna forma,  también se obligue a los diputados a que no puedan votar jamás en contra del gobierno, lo que arrebataría el poder legislativo a las Cortes Generales para entregárselo al Gobierno en una maniobra legal que se asemeja bastante a la "Ley  para el remedio de las necesidades de Pueblo y Estado", conocida como "Ley Habilitante", aprobada por el Reichstag el 24 de marzo de 1933 convirtiendo, de esta forma, al Congreso de los Diputados, en el mejor de los casos, en una especie de institución consultiva cuando no, directamente, en un simple florero decorativo en cuyo caso bien podría trasladarse de la Carrera de San Jerónimo al Circo Price y ello a falta de una Opera Kroll.

            Resulta curioso que ningún intelectual, de los que se así se autotitulan en nuestro país, ni que ningún grupo político haya puesto de manifiesto las semejanzas de las soluciones propuestas por populares y socialistas con la labor legislativa del fascismo y del nacionalsocialismo en el periodo de entreguerras denunciando las posibles consecuencias políticas que podrían acarrear, pero lo que, desde luego, se vislumbra claramente es que, desde el poder y con las reformas legales oportunas, se puede mutar un imperfecto régimen liberal-democrático en un estado autoritario cuando no, directamente, totalitario sin ser necesario que por las calles desfilen camisas de colorines o jinetes a caballo.

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